Se prepara un listado anual de empresas deudoras con sus proveedores

Al listado de morosos de Hacienda se une ahora esta nueva «lista negra» de deudores con proveedores

Al igual que el registro de grandes deudores con Hacienda, el Ministerio de Industria y Turismo publicará anualmente la lista de empresas con más de 600.000 euros de deuda con proveedores y menos del 10% de facturas abonadas dentro del plazo legal.

El desafío de la morosidad para las empresas

La morosidad, entendida como el incumplimiento de las obligaciones de pago a tiempo, es uno de los obstáculos que dificulta el crecimiento empresarial, especialmente para las pymes. Por regla general y saltándonos las obligaciones legales distintas de determinadas empresas, según lo estipulado por la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales y sus modificaciones posteriores, las empresas privadas deben pagar en un plazo máximo de 60 días, mientras que las Administraciones Públicas tienen un plazo de 30 días.

Según el informe del Observatorio de Morosidad del primer trimestre de 2022, elaborado por la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME), la deuda comercial con retraso en el pago ascendió a casi 350.000 millones de euros, con un aumento interanual del 41,9%. Se estima que los intereses de demora por este retraso alcanzaron los 2.058 millones de euros, un 50,9% más que el año anterior.

Medidas para combatir la morosidad y promover la transparencia

Para mejorar el cumplimiento de la regulación y promover la transparencia en las transacciones comerciales, la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas establece que el Ministerio de Industria y Turismo realizará un control de los plazos de pago, en colaboración con las asociaciones multisectoriales.

Además, la disposición final sexta de esta ley establece la creación y regulación del funcionamiento de un Observatorio Estatal de la Morosidad Privada, encargado de supervisar la evolución de los datos de pago y promover buenas prácticas en este ámbito.

Funciones del Observatorio Estatal de la Morosidad Privada

Este organismo, como parte del Consejo Estatal de la Pequeña y Mediana Empresa, tendrá las siguientes funciones:

  • Facilitar el diálogo entre las administraciones públicas y los agentes económicos y sociales.
  • Formular propuestas de actuación para mejorar la situación de la morosidad en las operaciones comerciales del sector privado.
  • Ayudar a cambiar la mentalidad de los agentes económicos y sociales para agilizar el pago de las operaciones comerciales.
  • Además, el Observatorio realizará el seguimiento y evaluación de los plazos de pago en los diferentes sectores económicos, confeccionará informes y listados anuales de empresas incumplidoras, promoverá códigos de buenas prácticas comerciales y controlará la aplicación de las directrices europeas sobre morosidad.

Qué empresas podrán constar en el listado morosas

Una de las medidas contempladas en esta norma es la elaboración de una lista de empresas que incumplen los plazos de pago a sus proveedores. Esta lista estará vinculada a la implementación de la factura electrónica en todas las transacciones comerciales y se publicará antes del 31 de agosto de cada año.

La lista incluirá empresas medianas o grandes con más de 50 empleados, facturación superior a 8 millones de euros o activos de más de 4 millones, que acumulen facturas impagadas por más de 600.000 euros y hayan abonado menos del 90% del total de sus pagos a proveedores. Los detalles publicados incluirán la denominación social de la empresa, su número de identificación fiscal, el código CNAE de actividad y el importe total de las facturas pendientes de pago.

La publicación se realizará en formato PDF en la página web ipyme.org, con medidas para impedir su indexación en motores de búsqueda y su acceso después de tres meses desde la fecha de publicación.

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