El Supremo fija los requisitos para la Jubilación activa

Como ya hemos comentado en otras ocasiones en nuestro blog, existen distintos tipos de Jubilación.  Hoy hablaremos sobre la Jubilación Activa, que es el tipo de jubilación que te permite compatibilizar el cobro del 50% de la pensión por jubilación, con el trabajo.

La jubilación activa ha ocasionado siempre mucha controversia debido a los requisitos legales que conlleva poder solicitar esta situación. Como sabemos, cada caso de jubilación es único pero todos tienen en común un factor, la vida laboral. Este factor será el que nos permitirá realizar un cálculo que siguen los mismos parámetros para todas las jubilaciones. Sin embargo, suele ser habitual que en algunas ocasiones debido a las características del caso de jubilación en concreto, sea necesario que la justicia interceda para interpretar la mejor solución.

Este es el caso de la sentencia del Tribunal Supremo sobre la jubilación activa, de 30 de mayo de 2017, que fija los requisitos que serán necesarios para poder conceder la jubilación activa. Como indica el Real Decreto-ley 5/2013 de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor de edad y promover el envejecimiento activo, la intención de la jubilación activa es favorecer el alargamiento de la vida laboral activa, reforzando la sostenibilidad de la Seguridad Social y aprovechar la experiencia y los conocimientos que pueden ofrecer los trabajadores con este perfil.

Es por ello que el Tribunal Supremo ha decidido poner en firme los requisitos para poder solicitar este tipo de jubilación, en especial si es necesario el reconocimiento de un porcentaje que dé derecho a una pensión de jubilación del 100% de la base reguladora en el momento de acceder a ella o si bien se puede recabar este 100% con las cotizaciones efectuadas por los trabajos posteriores a la jubilación.

Según el Tribunal Supremo en esta sentencia de la que hablamos hoy, da la razón al INSS (Instituto Nacional de Seguridad Social), que en este caso intervenía como parte recurrida. Por lo tanto es necesario que se den dos requisitos para poder disfrutar de la jubilación activa:

  1. Tener reconocida una pensión de jubilación por haber alcanzado la edad exigible legalmente en cada caso.
  2. La pensión reconocida debe ser equivalente al 100% de la base reguladora de la misma, para poder compatibilizar el trabajo con una pensión reconocida.

La pensión a la que se podrá tener acceso no será del 100%, si no un 50% de la pensión, no pudiendo alcanzar el 100% con cotizaciones posteriores.

En Moya&Emery somos expertos en Derecho del Trabajo, por lo que si estás pensando en tu jubilación y quieres ver si puedes acceder al a jubilación activa no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Puedes llamarnos al 971 72 80 10 o puedes venir a visitarnos en nuestras oficinas en Mallorca.
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Moya&Emery Asesores y Abogados

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