Presupuestos Generales para 2017

El pasado 28 de Junio se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 3/2017 de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017. En el artículo de hoy vamos a hablar sobre los principales cambios que encontramos en el Impuesto sobre el Valor Añadido.

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO:

Para este año 2017 se producen modificaciones en la normativa que regula el IVA de las compra-venta o el cambio de dividas. También sufrirán modificaciones los tipos de gravamen reducidos para monturas de gafas o espectáculos culturales en vivo.

  • Exención en operaciones financieras: Está regulada en el art. 20.1.18 j de la Ley del IVA. En este artículo se declaran exentas las operaciones de compra, venta o cambio y servicios análogos que tengan por objeto divisas, menos en las monedas y billetes de colección.
  • Tipo impositivo reducido (10%): Se modifica en el art. 91.1.2 en sus apartados segundo y sexto y en el Anexo Octavo de la LIVA.
    • En el apartado 2º, que se encarga de regular el tipo reducido del 10% para las prestaciones de servicios de hostelería, la novedad la encontramos en que se suprime el segundo párrafo de este apartado. Este segundo párrafo regulaba una excepción a la aplicación de este tipo reducido que corresponde a los servicios mixtos de hostelería, espectáculos, discotecas, salas de fiestas, barbacoas u otros análogos. Como consecuencia de la eliminación de este párrafo, todos estos servicios se entiende que están incluidos en el ámbito propio del tipo reducido de gravamen.
    • En el apartado 6º se regula un tipo reducido del 10% para la entrada a bibliotecas, archivos, museos y galerías de arte. La novedad la encontramos en esta cualidad se extiende también para las entradas a teatros, circos, festejos taurinos, conciertos y a los demás espectáculos culturales en vivo.
    • En cuanto al Anexo Octavo de la LIVA se modifica el primer guión, que incluye expresamente las monturas para gafas graduadas, que a partir de ahora tributará al tipo reducido del 10%

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