Modificados los baremos usados para la calificación del grado de discapacidad
Se ha publicado en el BOE de 4 de agosto la Orden DSA/934/2023, de 19 de julio, por la que se modifican los baremos que figuran como Anexos I, II, III, IV, V y VI del Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, el establecimiento de los baremos aplicables, así como la determinación de los órganos competentes, todo ello con la finalidad de que la evaluación del grado de discapacidad que afecte a la persona sea uniforme en todo el territorio del Estado, garantizando con ello la igualdad de condiciones para el acceso de la ciudadanía a los derechos previstos en la legislación.
Las situaciones de discapacidad se calificarán en grados según su alcance y respondiendo a criterios técnicos unificados que fijan los baremos contenidos en los ya referidos anexos I a VI del Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre.
La aplicación del Real Decreto 888/2020, de 18 de octubre, puso de manifiesto la existencia de errores en los baremos contenidos en los anexos citados que se ha hecho preciso subsanar, de modo que se ajusten a los acordados en su momento por el Pleno del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la dependencia.
La entrada en vigor de la modificación se producirá el 5 de agosto de 2023.
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