¿Acuciado por las deudas?
Debes saber que la Ley de Segunda Oportunidad puede ser el mecanismo adecuado para poder salir de dicha situación en caso de que seas un particular o persona física. Con esta ley podrás poner en marcha un procedimiento en el que solicitar que se cancelen tus deudas, llegando a un acuerdo con tus acreedores, siempre que cumplas con todos los requisitos exigidos por la ley.
En el vídeo siguiente vídeo del consultorio jurídico de Radio Calvià, Neus Lafuente, de Moya & Emery, responde a las siguientes preguntas sobre la Ley de Segunda Oportunidad:
• ¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?
• ¿A quién va destinado este mecanismo?
• ¿Cuáles son los requisitos?
• ¿Cuánto tiempo tarda en resolverse la ley de segunda oportunidad?
• ¿Desde qué momento se congelan mis deudas e intereses?
• En el caso de acuerdo extrajudicial, ¿tienen que estar todos los acreedores de acuerdo?
• ¿Cuál es la función del notario en el proceso?
• ¿Cuál es la función del juez en el procedimiento?
• ¿Cuál es la función del mediador concursal?
• ¿Cuál es la función de los abogados en el procedimiento?
• ¿Se puede acoger cualquier persona?
• ¿Quedará afectado mi patrimonio si me someto a ésta ley?
• ¿Tengo que dejar de pagar todas mis deudas?
• ¿Qué ocurriría si me demandan los acreedores mientras estoy en el procedimiento?
• ¿Puedo seleccionar las deudas que presentar a concurso?
• ¿Qué ocurriría si una vez canceladas las deudas se descubre que tengo patrimonio oculto?
• ¿Si debo a hacienda y a la seguridad social puedo acogerme a la ley?
• ¿Qué pasaría si eres coporopietaria de un inmueble?
• ¿Qué pasaría si me viene mejor fortuna una vez me han cancelado las deudas?
• ¿Después de tener el auto de cancelación de deuda podría comprarme una casa?
• ¿y podría pedir un préstamo?
• ¿Qué documentación necesitamos para iniciar el prodecimiento?
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