La devolución del salario indebidamente percibido por el trabajador lo será de los importes brutos

El TS se pronuncia sobre la restitución de salario indebidamente percibido por el trabajador y señala que debe devolver importes brutos y no netos al empresario

Un reciente sentencia de la sala cuarta del Tribunal Supremo dictada el pasado enero ha establecido que, cuando el empleador reclama a un trabajador la devolución de determinadas cantidades salariales indebidamente percibidas, dichas cantidades deben ser devueltas en el importe bruto del salario recibido y no por la cantidad neta cobrada. Esto es así porque se entiende que es la persona trabajadora el obligado tributario sobre esa cuantía bruta percibida y no el empresario.

Así lo señala la STS nº 11/2024, 8 de Enero de 2024, a la que puedes acceder en formato pdf a través de este enlace que ha sido dictada tras un recurso de casación para la unificación de la doctrina (el instado cuando existen interpretaciones jurídicas contrarias de las leyes plasmadas en situaciones similares a la del asunto recurrido).

El obligado tributario, el facultado para solicitar devolución de ingresos indebidos

Como ya se ha señalado, conforme a la normativa vigente, el obligado tributario es el empleado, que es quien tiene la obligación de pagar a la administración tributaria, si bien, es la empresa la que previamente le habrá realizado retención de cantidades a cuenta del impuesto sobre la renta del trabajador beneficiario.

En consecuencia con lo anterior, si la cantidad retenida y depositada por parte de la empresa es indebida (por un error en la nómina al trabajador), la administración tributaria procederá a reintegrar dicha cantidad al obligado tributario, es decir, al trabajador pero, en ningún caso estará facultada la empresa a solicitar dicha devolución directamente a Hacienda, puesto que el obligado tributario es el trabajador y no la empresa. Por lo tanto, si el empleado, una vez recibida dicha cantidad correspondiente a salarios indebidamente percibidos no la restituye a la empresa, sería esta quien soportara una pérdida injusta.

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