Reducción de la jornada y registro horario: ¿Hacia un nuevo paradigma laboral?

Reducción de jornada y registro horario: ¿Hacia un nuevo paradigma laboral?

 

Por Nicolás Emery – economista, abogado y fundador de Moya & Emery Abogados y Asesores

 

 

El anteproyecto de ley para la reducción de la jornada laboral y la modernización del registro horario representa un punto de inflexión en la normativa laboral española. Con la reducción de la jornada ordinaria a 37,5 horas semanales y la implantación de un registro horario digital de acceso inmediato, el Gobierno pretende avanzar en derechos laborales y garantizar el cumplimiento efectivo de la jornada de trabajo. Sin embargo, su implementación plantea desafíos tanto para las empresas como para los trabajadores.

Un cambio progresivo en la jornada laboral

La reducción de la jornada máxima ordinaria a 37,5 horas semanales en promedio anual (modificación del artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores) supone un ajuste estructural para muchas empresas, especialmente en sectores con alto volumen de trabajo y márgenes ajustados. Para evitar un impacto brusco, se ha establecido un periodo de adaptación hasta el 31 de diciembre de 2025, lo que da margen a las empresas para reorganizar sus turnos y plantilla.

La gran cuestión es cómo afectará este cambio a la productividad y a los costes laborales. En algunos países europeos, una reducción de jornada ha demostrado mejorar el bienestar de los empleados sin reducir la eficiencia, pero su éxito depende de la flexibilidad y digitalización de las empresas. El reto para España será aplicar este cambio sin afectar la competitividad de sectores clave.

Registro horario: control digital obligatorio y sanciones más severas

La introducción del artículo 34 bis del Estatuto de los Trabajadores supone una reforma profunda en el control del tiempo de trabajo. Se establece la obligatoriedad de registrar digitalmente las horas laborales, con un sistema que garantice objetividad, fiabilidad y accesibilidad.

Principales novedades:

  • Registro digital obligatorio: No se admitirán sistemas manuales o en papel.
  • Acceso inmediato: Trabajadores, representantes sindicales e Inspección de Trabajo podrán consultar los registros en cualquier momento, incluso de forma remota.
  • Identificación de las horas: Se debe diferenciar entre horas ordinarias, extraordinarias o complementarias.
  • Sanciones severas: La falta de registro será sancionada con multas de hasta 10.000 euros por trabajador afectado.

Este nuevo sistema refuerza el control de la jornada laboral y dificulta prácticas como el impago de horas extras o la falta de compensación de tiempos de trabajo. No obstante, su implementación exigirá a las empresas invertir en tecnología y adaptación de procesos, lo que podría generar dificultades, sobre todo en pymes y autónomos.

Asesoramiento en digitalización del registro horario

Desde Moya & Emery, somos conscientes de que la digitalización del control horario es un reto importante para muchas empresas. Por ello, hemos desarrollado un departamento especializado en la digitalización de procesos laborales, asesorando a nuestros clientes en la implementación de sistemas de registro horario conformes a la nueva normativa. Nuestro equipo ayuda a las empresas a seleccionar las herramientas tecnológicas adecuadas, garantizar la interoperabilidad de los datos y evitar sanciones derivadas de incumplimientos en el control horario.

Derecho a la desconexión digital: un paso necesario

La reforma del artículo 20 bis del Estatuto de los Trabajadores refuerza el derecho a la desconexión digital, estableciendo que las empresas no podrán exigir disponibilidad fuera del horario laboral, salvo en casos de urgencia justificada. Se prohíben represalias contra los empleados que rechacen atender comunicaciones fuera de su jornada.

Aunque este derecho ya estaba reconocido en la normativa laboral, su aplicación en muchos casos era ambiguamente interpretada. Con esta reforma, se busca dar seguridad jurídica y evitar situaciones de sobrecarga laboral, especialmente en un mundo cada vez más digitalizado y con la expansión del teletrabajo.

Impacto en contratos a tiempo parcial y sanciones

Otro punto clave del anteproyecto es la conversión automática de contratos a tiempo parcial que superen las 37,5 horas semanales en contratos de jornada completa, lo que puede alterar la estructura de costes laborales en determinados sectores. Además, los trabajadores a tiempo parcial mantendrán el mismo número de horas laborales previas a la reducción de jornada, con ajuste proporcional de salario.

Las sanciones por incumplimientos en materia de jornada, descansos y registro de jornada se endurecen, con multas que oscilan entre 1.000 y 10.000 euros según la gravedad de la infracción. En casos de incumplimientos que generen riesgo grave para la salud laboral, se considerará infracción muy grave.

En conclusión…

El anteproyecto supone una transformación profunda en la organización del tiempo de trabajo en España. Aunque responde a una lógica de mejora en la calidad del empleo y el control horario, su aplicación no estará exenta de dificultades, especialmente para pymes y sectores con alta carga de trabajo.

Desde Moya & Emery, recomendamos a las empresas anticiparse a estos cambios, adaptar sus sistemas de registro horario y evaluar el impacto de la reducción de jornada en su organización. Contamos con un departamento especializado en la digitalización de procesos laborales, que ayuda a nuestros clientes a cumplir con la nueva normativa y evitar riesgos legales. La digitalización del control de jornada será clave para optimizar la gestión del tiempo de trabajo y garantizar el cumplimiento normativo en esta nueva era laboral.

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