Trabajador despedido tras anunciar su paternidad recibirá Indemnización por discriminación

Un trabajador despedido tras anunciar su paternidad recibirá indemnización y se declara nulo su despido por discriminatorio

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria declara la nulidad del despido por discriminación refleja

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cantabria ha dictado sentencia declarando nulo el despido de un trabajador, quien fue cesado de su puesto de trabajo poco después de informar a su empleador que iba a ser padre. La Sala de lo Social del tribunal determinó que la decisión de la empresa constituye una forma de discriminación refleja, ya que el despido se produjo para evitar las obligaciones legales relacionadas con la paternidad, como permisos, bajas y conciliación familiar.

Discriminación refleja

El despido del trabajador semanas después de comunicar a su empleador el embarazo de su pareja es un claro caso de discriminación refleja, que es la que ocurre cuando una persona sufre consecuencias negativas debido a su relación familiar con alguien que se encuentra en una situación protegida por la ley. En este caso, el despido se llevó a cabo para evitar las repercusiones legales derivadas de la condición de padre del trabajador.

Circunstancias del caso: despido, demanda y desestimación inicial

El trabajador, empleado como conductor-mecánico desde finales de 2022, había informado a su empresa de las dificultades que él y su pareja enfrentaban para concebir un hijo. En enero de 2023, al comunicar que su pareja estaba embarazada, fue despedido solo dos semanas después. La empresa justificó el despido alegando una disminución continua y voluntaria en su rendimiento laboral, considerada como una falta grave.

A pesar de ello, la empresa entregó al trabajador un documento adicional reconociendo la improcedencia del despido y abonándole una cierta cantidad como indemnización inicial. No obstante, el trabajador demandó a la empresa por vulnerar sus derechos fundamentales a la igualdad de trato y no discriminación, solicitando la nulidad del despido.

Resolución del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria

Inicialmente, el Juzgado de lo Social número 6 de Santander desestimó la demanda, considerando que la empresa no había actuado de manera sorpresiva y que, si hubiera querido evitar el permiso de paternidad, podría haber terminado la relación laboral desde el inicio. Sin embargo, tras un recurso de suplicación interpuesto por el trabajador, el TSJ de Cantabria revocó esta sentencia, declarando la nulidad del despido.

La sentencia del TSJ subraya que la cercanía temporal entre la comunicación del embarazo y el despido constituye un indicio claro de discriminación. La empresa, al despedir al trabajador tras conocer su futura paternidad, incurrió en una discriminación prohibida por el artículo 14 de la Constitución Española, que protege contra la discriminación por razón de sexo y otras circunstancias.

Obligación de readmisión y de ser indemnizado

Como resultado del fallo del TSJ, la empresa está obligada a readmitir al trabajador en su puesto de trabajo en las mismas condiciones que tenía antes del despido. Además, deberá abonar los salarios de tramitación desde la fecha del despido y pagar una indemnización de 7.501 euros por violar el derecho fundamental del trabajador a la igualdad y no discriminación.

En resumen…

Este fallo subraya la importancia de proteger los derechos de los trabajadores ante actos discriminatorios relacionados con la paternidad. La sentencia sienta un precedente importante en la defensa de la igualdad y refuerza el marco legal que protege a los empleados de decisiones laborales basadas en su condición familiar o reproductiva.

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