¿Se puede durante el mes de agosto interponer un recurso administrativo?

¿Se puede durante el mes de agosto interponer un recurso administrativo?

Contexto y legislación aplicable

En el ordenamiento jurídico español, la regulación de términos y plazos en procedimientos administrativos ha sido constante, reflejando el principio constitucional de seguridad jurídica del artículo 9.3 de la Constitución Española de 1978 (CE).

9.3 – La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.

Actualmente, esta regulación se encuentra principalmente en los artículos 29 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACA). Esta ley intenta armonizar los términos y plazos con la legislación procesal, particularmente la contencioso-administrativa, aunque no de manera absoluta, especialmente en lo que respecta a la inhabilidad del mes de agosto para actuaciones administrativas.

Artículo 29 LPACA. Obligatoriedad de términos y plazos.
Los términos y plazos establecidos en ésta u otras leyes obligan a las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas competentes para la tramitación de los asuntos, así como a los interesados en los mismos.

Diferencias entre procedimiento judicial y administrativo

En el ámbito contencioso-administrativo, el artículo 128 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA) establece que el mes de agosto es inhábil para la interposición de recursos y otros plazos.

2. LJCA Durante el mes de agosto no correrá el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo ni ningún otro plazo de los previstos en esta Ley salvo para el procedimiento para la protección de los derechos fundamentales en el que el mes de agosto tendrá carácter de hábil.

Sin embargo, la LPACA no contiene una previsión similar para las actuaciones administrativas, lo que genera dudas sobre si esta inhabilidad se extiende al ámbito administrativo.

Jurisprudencia y resoluciones

El Tribunal Supremo (TS), en su sentencia de 6 de mayo de 2013 (Rec. 5320/2011), ha señalado que el plazo para interponer recursos administrativos es improrrogable y que el mes de agosto no es inhábil para estos efectos. La sentencia aclara que la inhabilidad del mes de agosto en el artículo 130 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) y el artículo 183 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) se aplica a actuaciones judiciales, no administrativas.

Más recientemente, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), en su sentencia de 3 de octubre de 2023 (Rec. 273/2023), reafirmó que el mes de agosto es hábil para procedimientos administrativos, ya que la LPACA no establece ninguna excepción.

Casos Ilustrativos

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), en su sentencia de 28 de junio de 2023 (Rec. 337/2021), también sostuvo que el mes de agosto es hábil para la interposición de recursos administrativos. Esto implica que las Administraciones Públicas no pueden declarar la suspensión de estos plazos durante agosto, ya que carece de amparo normativo y contraviene el carácter improrrogable de los plazos.

Recomendaciones

La inhabilidad del mes de agosto establecida para procedimientos judiciales no se aplica a los procedimientos administrativos según la LPACA y la jurisprudencia. Por lo tanto, el mes de agosto es hábil para la interposición de recursos administrativos. Se recomienda a las Administraciones Públicas y a los interesados en procedimientos administrativos que sigan el mandato del artículo 29 de la LPACA, que obliga a respetar los plazos establecidos sin excepciones.

En resumen…

El mes de agosto no es inhábil para la interposición de recursos administrativos según la Ley 39/2015 y la jurisprudencia relevante. Las Administraciones Públicas deben respetar este marco legal, evitando la suspensión de plazos en dicho mes, y los interesados deben estar atentos a estos términos.

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