Antes de explicar como realizar correctamente la extinción de una PYME, ¿Sabes que es una PYME? tienes un artículo sobre que son este tipo de empresas y cuáles son sus ventajas respecto a las grandes empresas.
Cuando montas una empresa, depositas todas tus ilusiones y esfuerzos en ella. A veces, por no llevar un buen plan de negocio, o simplemente el factor suerte la empresa se vuelve inviable. Entonces lo más inteligente que puedes hacer es cerrarla.
¿Creaste una sociedad y ahora estás en situación de tener que cerrarla? Quédate para ver cómo hacerlo correctamente. Se deben seguir tres fases que veremos a continuación:
Disolución de la actividad
El concepto de disolución de una sociedad no equivale a extinción. Es la primera fase de un proceso que si finaliza, acabará con la extinción de la sociedad. La disolución es el acto social o la circunstancia que abre el proceso de liquidación de la entidad.
En primer lugar, tendrás que cambiar el estatus jurídico de la sociedad a ‘en liquidación’. Esto significa que la sociedad sigue funcionando, aunque con algunas limitaciones.
Para la disolución de la sociedad:
- El administrador tendrá que haber convocado una Junta de Accionistas. En esta se deberá aprobar el acuerdo de disolución.
- Deberá suscribirse el acuerdo de disolución ante notario. A continuación inscribirse en el registro mercantil y publicarse en el boletín correspondiente.
Liquidación
La disolución tiene como consecuencia inmediata la apertura del proceso de liquidación. Comprende:
- Los actos que conducen al pago total o parcial de las deudas sociales (liquidación del pasivo)
- El reparto del sobrante del patrimonio social (liquidación del activo) entre los socios en la forma prevista en los estatutos o, en su defecto, en proporción a su participación en el capital social desembolsado o liberado.
Extinción
Una vez que la Junta de Accionistas ha aprobado la liquidación de la empresa, se deberá entregar lo siguiente:
- Una escritura pública de extinción de la sociedad.
- El balance final de la liquidación.
- El pago de acreedores.
- Las cuotas satisfechas a cada uno de los socios.
Dicha escritura tendrá que inscribirse en el registro mercantil para cancelar los asientos registrales. Se tendrán que depositar también los libros y documentos de la sociedad extinguida en el Registro.
En Moya & Emery contamos con un equipo especialista en derecho Societario y Mercantil que podrán ayudarte a gestionar este proceso correctamente.
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