Extinción de una PYME de forma legal.

Extinción PYME

Antes de explicar como realizar correctamente la extinción de una PYME, ¿Sabes que es una PYME?  tienes un artículo sobre que son este tipo de empresas y cuáles son sus ventajas respecto a las grandes empresas.

Cuando montas una empresa, depositas todas tus ilusiones y esfuerzos en ella. A veces, por no llevar un buen plan de negocio, o simplemente el factor suerte la empresa se vuelve inviable. Entonces lo más inteligente que puedes hacer es cerrarla.

¿Creaste una sociedad y ahora estás en situación de tener que cerrarla? Quédate para ver cómo hacerlo correctamente. Se deben seguir tres fases que veremos a continuación:

Disolución de la actividad

El concepto de disolución de una sociedad no equivale a extinción. Es la primera fase de un proceso que si finaliza, acabará con la extinción de la sociedad. La disolución es el acto social o la circunstancia que abre el proceso de liquidación de la entidad.

En primer lugar, tendrás que cambiar el estatus jurídico de la sociedad a ‘en liquidación’. Esto significa que la sociedad sigue funcionando, aunque con algunas limitaciones.

Para la disolución de la sociedad:

  • El administrador tendrá que haber convocado una Junta de Accionistas. En esta se deberá aprobar el acuerdo de disolución.
  • Deberá suscribirse el acuerdo de disolución ante notario. A continuación inscribirse en el registro mercantil y publicarse en el boletín correspondiente.

Liquidación

La disolución tiene como consecuencia inmediata la apertura del proceso de liquidación. Comprende:

  • Los actos que conducen al pago total o parcial de las deudas sociales (liquidación del pasivo)
  • El reparto del sobrante del patrimonio social (liquidación del activo) entre los socios en la forma prevista en los estatutos o, en su defecto, en proporción a su participación en el capital social desembolsado o liberado.

Extinción

Una vez que la Junta de Accionistas ha aprobado la liquidación de la empresa, se deberá entregar lo siguiente:

  • Una escritura pública de extinción de la sociedad.
  • El balance final de la liquidación.
  • El pago de acreedores.
  • Las cuotas satisfechas a cada uno de los socios.

Dicha escritura tendrá que inscribirse en el registro mercantil para cancelar los asientos registrales. Se tendrán que depositar también los libros y documentos de la sociedad extinguida en el Registro.

En Moya & Emery contamos con un equipo especialista en derecho Societario y Mercantil que podrán ayudarte a gestionar este proceso correctamente.

Si quieres que te asesoremos, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

O rellena nuestro formulario y nos pondremos en contacto contigo.

Moya&Emery Asesores y Abogados

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