¿Sabes qué es el sistema Veri*factu y la factura electrónica?

Veri*factu y factura electrónica: claves para adaptarse al nuevo entorno fiscal digital

Digitalización fiscal en España: un proceso en marcha

España está inmersa en un proceso de transformación digital de la facturación que cambiará profundamente la operativa de empresas y autónomos. En este contexto, dos iniciativas generan especial atención:

  • el sistema Veri*Factu;
  • y la próxima obligatoriedad de la factura electrónica.

Diferencias entre verifactu y factura electrónica b2b

Ambas figuras se vinculan con la digitalización fiscal, pero no son equivalentes.

El sistema Veri*Factu, regulado en la Ley 11/2021 y desarrollado por el Real Decreto 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024, permite a los contribuyentes enviar de forma voluntaria los registros de facturas, tanto en papel como electrónicas, a la AEAT en tiempo real.

Por otro lado, la factura electrónica B2B, contemplada en la Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas, será obligatoria y requiere desarrollo reglamentario. Su finalidad es mejorar la digitalización empresarial y combatir la morosidad. Su aplicación dependerá del volumen de facturación: un año después de publicarse la orden ministerial para empresas que facturen más de ocho millones de euros, y dos años después para el resto.

Origen de la confusión normativa

Las dudas que surgen entre empresas y profesionales se explican principalmente por tres razones:

  1. Coincidencia temporal: Mientras que Veri*Factu será exigible a partir del 29 de julio de 2025 para fabricantes y comercializadores de software, la factura electrónica B2B aún no cuenta con reglamento definitivo.
  2. Similitud de objetivos: Ambas buscan digitalizar la facturación, aunque Veri*Factu se centra en el control tributario y la factura electrónica en mejorar la eficiencia comercial.
  3. Distinta obligatoriedad: Veri*Factu es voluntario y aplicable a todos los tipos de relaciones (B2B, B2C, B2G), mientras que la factura electrónica estructurada será obligatoria solo en relaciones B2B.

La ley antifraude como instrumento de control fiscal

La Ley 11/2021, conocida como Ley Antifraude, introduce importantes cambios en la operativa empresarial. Entre ellos destaca la obligación de usar software de facturación certificado, prohibiéndose expresamente los programas de doble uso (que permiten manipular registros sin dejar huella). El sistema Veri*Factu se convierte en un aliado para la AEAT, ya que permite acceder a los registros de facturación en tiempo real, limitando el fraude y reforzando la supervisión.

Aunque el uso de Veri*Factu es voluntario, su implementación favorece la trazabilidad de operaciones y optimiza los procesos contables. Si bien la ley no trata directamente la morosidad, sí contribuye a prevenir impagos mediante el registro estructurado y estandarizado de facturas, lo cual facilita acciones correctoras y sancionadoras.

Medidas contra la economía sumergida

La normativa ha adoptado decisiones relevantes en la lucha contra el fraude, como la limitación del pago en efectivo a 1.000 euros entre profesionales (artículo 18 de la Ley 11/2021), lo que incentiva el uso de medios electrónicos. También destaca la obligación de declarar todas las facturas mediante sistemas homologados, impidiendo que se oculten ingresos al fisco.

¿Verifactu: herramienta útil o carga administrativa?

Desde la perspectiva de la AEAT, Veri*Factu no se concibe como una medida intrusiva, sino como un paso hacia la transparencia. Bartolomé Borrego señala que entre sus ventajas se encuentran:

  • Mayor seguridad jurídica y reducción de inspecciones.
  • Automatización de datos para facilitar la asistencia tributaria.
  • Prevención del fraude fiscal y alineación con la digitalización.

Algunas críticas apuntan a una posible carga adicional, aunque muchas de ellas provienen del desconocimiento del sistema. Por ejemplo, se teme que no se puedan corregir errores fácilmente, cuando en realidad se podrá emitir facturas rectificativas conforme al Real Decreto 1619/2012. También se cuestiona un mayor control, pero este ya será obligatorio con la futura factura electrónica, por lo que Veri*Factu permite anticiparse.

Criterios para adoptar verifactu

La conveniencia de sumarse a Veri*Factu dependerá del perfil de la empresa. Se recomienda este sistema a todas las empresas que:

  • Busquen mayor seguridad ante inspecciones.
  • Prefieran delegar el cálculo del IVA mediante borradores preelaborados.
  • Utilicen software digital y puedan adaptarse sin complicaciones.
  • Quieran prepararse para la factura electrónica obligatoria.

¿Seguirán siendo válidas las facturas en pdf?

Durante la fase inicial, el formato PDF seguirá siendo válido tanto en relaciones B2B como B2C. No obstante, cuando entre en vigor la factura electrónica estructurada B2B, los PDFs dejarán de ser aceptables en ese ámbito. En cambio, para relaciones B2C seguirán siendo válidos si cumplen con los requisitos de autenticidad e integridad del contenido, conforme al Real Decreto 1619/2012. Esto será así, estén o no inscritos en Veri*Factu.

Empresas extranjeras que operan en España: ¿qué deben cumplir?

Las obligaciones varían según el tipo de presencia en España:

  • Con establecimiento permanente: Deben acogerse plenamente a la normativa nacional y adoptar el software certificado y la factura electrónica B2B.
  • Sin establecimiento permanente: Si sus operaciones tributan en España o cuentan con representantes, pueden quedar obligadas igualmente.
  • B2C desde el extranjero: Si superan el umbral del IVA intracomunitario, deben registrarse en la ventanilla única (OSS) y facturar con IVA español.
  • Proveedores de software: Han de cumplir con el Reglamento Antifraude, acreditando el cumplimiento técnico mediante declaración responsable.

Consulta o descarga la normativa aquí

En resumen: anticiparse es la clave

La digitalización de la facturación representa tanto un reto como una oportunidad. Veri*Factu puede facilitar el cumplimiento normativo y preparar el terreno para la inminente factura electrónica obligatoria. Comprender sus implicaciones, distinguirlo de otras obligaciones legales y evaluar su adopción según las características del negocio permitirá a empresas y profesionales evitar sanciones y optimizar su gestión tributaria.

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