¿QUÉ ES UN ERTE -EXPEDIENTE DE
REGULACIÓN TEMPORAL DE EMPLEO- POR CAUSA DE FUERZA MAYOR?
Es un expediente de
regulación de empleo que supone la suspensión temporal del contrato de trabajo
en unas condiciones especiales.
¿QUIEN PUEDES PRESENTAR UN ERTE POR FUERZA MAYOR O EXPRESS?
Pueden presentar un ERTE por causas de fuerza mayor aquellas empresas relacionadas en el artículo 10 del RD 463/2020 de 14 de marzo.
¿QUÉ VENTAJES TIENE EL ERTE POR CAUSAS DE FUERZA MAYOR RESPECTO AL RESPECTO DE LOS SUPUESTOS?
La mayor ventaja que tiene el ERTE por causas de fuerza mayor frente al resto de modalidades es el plazo que resuelve la autoridad laboral, las formalidades que se tiene que cumplir frente a los trabajadores y la documentación que se tiene que entregar.
¿PUEDE HACER UNA EMPRESA UN ERTE SUSPENSIVO Y ERTE DE REDUCCIÓN DE LA JORNADA DE TRABAJO?
SÍ, sin ningún tipo de problema. Además, no es obligatorio que toda la plantilla este dentro del ERTE.
¿CÓMO EMPRESA, DURANTE EL TIEMPO QUE DURE EL ERTE TENGO QUE SEGUIR PAGANDO LAS COTIZACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL?
Sí, la empresa tiene que seguir pagado las cotizaciones a la seguridad social.
¿QUÉ DOCUMENTACIÓN SE TIENE QUE APORTAR EN EL CASO DE QUERER HACER UN ERTE POR CAUSAS DE FUERZA MAYOR?
- Rellenar impreso oficial fuerza mayor
- Memoria explicativa de la empresa y la situación
- Comunicación a los trabajadores justificando el ERTE y
- Adjuntar el Real Decreto.
¿CUÁL ES EL PLAZO QUE TIENE LA AUTORIDAD LABORAL PARA APROBAR EL ERTE POR CAUSAS DE FUERZA MAYOR?
5 días desde su presentación y con efectos desde el 14 de marzo de 2020.
¿EN QUÉ SITUACIÓN QUEDAN TRABAJADORES DE LA EMPRESA?
En este supuesto de suspensión de contrato por razones de fuerza mayor, el trabajador se encuentra en situación legal de desempleo. El SEPE puede autorizar que el tiempo en el que se perciban las prestaciones por desempleo no se compute a los efectos de consumir los períodos máximos de percepción establecidos. Igualmente, en esos supuestos, se puede autorizar que reciban prestaciones por desempleo aquellos trabajadores que carezcan de los períodos de cotización necesarios para tener derecho a ellas.
¿SE PUEDE DESPEDIR A TRABAJADORES EN SITUACIÓN DE ERTE?
No, el objetivo principal de ERTE es garantizar los puestos de trabajo a través de ajustar las condiciones de trabajo de los trabajadores. Reducción de jornada y suspensión de su contrato.
¿CÓMO EMPRESARIO PUEDO DESPEDIR A UN TRABAJADOR POR CAUSAS OBJETIVAS?
Sí se puede despedir a trabajadores de plantilla.
SI NO REÚNO LAS CAUSAS DE FUERZA MAYOR PARA PRESENTAR UN ERTE, ¿PUEDO PRESENTAR UN ERTE?
Sí, además de las causas de fuerza mayor existen los ERTE por causas objetivas,
¿CUÁLES SON LAS CAUSAS DE DESPIDO OBJETIVAS Y EN QUÉ CONSISTEN?
Se puede despedir por causas objetivas, es decir, por causas económicas, técnicas y organizativas. Cuando se despido por algunas de las causas objetivas mencionadas el trabajo tiene el derecho a percibir una indemnización de 20 días por año trabajado y preavisarle al menos con 15 días de antelación.
¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA REALIZAR UN DESPIDO POR CAUSAS OBJETIVAS?
Las empresas de menos de 10 trabajadores con la entrega de la carta de despido, poner a disposición la indemnización que correspondiente, notificándose con 15 días de antelación y poniendo a su disposición las causas originadoras de la medida, tales como los balances económicos, o el cambio de sistema de producción, este preaviso podrá sustituirse con una indemnización equivalente al salario de los 15 días de la falta de preaviso.
¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA REALIZAR UN DESPIDO POR CAUSAS OBJETIVO SI TENGO 10 O MÁS TRABAJADORES?
Si la empresa tiene 10 trabajadores o más debe presentar un ERE.
SI NO REÚNO LAS CAUSAS DE FUERZA MAYOR PARA PRESENTAR UN ERTE, ¿PUEDO PRESENTAR UN ERTE?
Sí, además de las causas de fuerza mayor existen causas objetivas. (Económicas, técnicas, organizativas o de producción)
¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE UN ERTE?
El objetivo principal del ERTE es permitir a la empresa puedan ajustar las condiciones de trabajo de una forma mas adecuada a una situación sobrevendida por causas ajenas al ámbito de la empresa, si es fuerza mayor, o por causas objetivas (técnicas productivas o económicas que puedan ocasionar una grave crisis en el estado de salud económico de la empresa)
¿QUÉ TIPO DE ERTE EXISTEN?
Las causas objetivas son:
- Causas económicas, las más frecuentes, se trata cuando una empresa presenta una situación económicamente negativa, sea tanto por pérdidas constantes a lo largo de periodicidades sucesivas como porque los ingresos han sufrido algún descenso continuado.
- Causas técnicas, motivos por los cuales la empresa deja de ser viable cuando hay algún cambio en las herramientas de producción.
- Causas organizativas, se produce cuando se introducen cambios para mejorar el sistema de trabajo, como sería el cierre de algún lugar de trabajo y centralización de un servicio en un único centro, fusión de las plantillas en un único centro, eliminar un departamento cuando se externaliza todos o algunas de sus trabajos (como podría ser por ejemplo el departamento de Marketing o de Contabilidad)
- Causas productivas, son las que vienen determinadas por cambios, entre otros, en la demanda de productos o servicios que la empresa pretende colocar en el mercado.
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