El último artículo de Neus Lafuente, que trata sobre la posible responsabilidad patrimonial de las distintas Administraciones que han impuesto cierres o restricciones en diversas actividades -especialmente en las Baleares en los sectores de la hostelería y restauración- por los daños y pérdidas causados a los establecimientos, tuvo cabida hace escasos días en la sección “Tribuna & Opinión” delDiario de Ibiza .
Puedes leer su artículo en formato pdf haciendo clic en este enlace o en la edición digital del periódico aquí.
Hoy Moya y Emery te trae la noticia de que han sido aprobadas una bonificación por fijos discontinuos y otras medidas de refuerzo del SECTOR TURÍSTICO:
El Gobierno central aprobó en Consejo de Ministros este pasado viernes una bonificación del 50% en la Seguridad Social por mantener la contratación de fijos discontinuos en el sector turístico, entre julio y octubre, así como para las nuevas incorporaciones.
Al mismo tiempo se han aprobado otras medidas de apoyo al sector turístico español:
• Por un lado, se pone en marcha un sistema de financiación de
proyectos para la digitalización y la innovación del sector turístico.
La dotación presupuestaria del programa será de 216 millones de euros
para el ejercicio 2020. Se prevé la concesión de un máximo de 1.100
préstamos para cada ejercicio presupuestario, tomando como base un
préstamo medio de 200.000 euros.
• Por otro lado, se ha aprobado
la creación del instrumento denominado “Planes de Sostenibilidad
Turística en Destinos”. El objetivo es impulsar el desarrollo de los
destinos turísticos ubicados en áreas rurales y de interior.
• En
tercer lugar, se ha aprobado una moratoria hipotecaria para inmuebles
afectos a actividad turística, a través del otorgamiento de un periodo
de moratoria de hasta doce meses para las operaciones financieras de
carácter hipotecario suscritas con entidades de crédito. Podrán ser
beneficiarios los trabajadores autónomos y las personas jurídicas con
domicilio social en España, siempre que experimenten dificultades
financieras a consecuencia de la emergencia sanitaria.
Todos los expertos coinciden en que una de las claves empresariales para una más pronta salida de la crisis provocada por el covid-19 es la adecuación de la empresa a las nuevas tecnologías, la innovación y la apuesta por el teletrabajo para aquellos puestos y tareas en las que ello sea posible. Desde lo más simple, como crear una página web para tu empresa -si todavía no la tienes- hasta crear departamentos específicos de investigación y desarrollo.
Echa un vistazo a la nota informativa de la ampliación de la convocatoria de estos bonos digitales y presenta la solicitud para tu empresa y, si tienes dudas al respecto, ponte en contacto con Moya & Emery para que te asesoremos.
Moratoria de seis
meses, sin intereses para el pago de las cotizaciones a la Seguridad
Social, aunque con algunas condiciones.
Se establece que los autónomos que
hayan suspendido su actividad y pasen a percibir la prestación por cese
de actividad, si no han ingresado en plazo las cotizaciones sociales
correspondientes a los días efectivamente trabajados del mes de marzo podrán
abonarlas fuera del plazo sin recargo.
Aplazamiento de pago de cuotas, así como
el del pago de sus deudas hasta el 30 de junio de este año y una moratoria de las
cuotas por los días trabajados de marzo sin intereses.
Las empresas y autónomos que no tengan
en vigor aplazamientos de pago de deudas con la Seguridad Social puedan
solicitar hasta el 30 de junio de 2020 el aplazamiento del pago de sus
deudas con la Seguridad Social, que deberán ingresar entre los meses de
abril y junio de 2020 sin intereses.
El Real Decreto establece que los
tramites de solicitud de
aplazamientos en el pago de deudas, las moratorias en el pago de cotizaciones y
las devoluciones de ingresos indebidos de la Seguridad Social se podrán hacer a través del sistema de
Remisión electrónico de datos (Sistema
Red).
Se deberán presentar solicitudesindividualizadaspor cada código de cuenta de cotización donde figuren de alta los
trabajadores respecto de los que se solicita la moratoria en el pago de sus
cotizaciones a la Seguridad y por conceptos de recaudación conjunta.
Las solicitudes de moratoria deberán
comunicarse a la Tesorería General de la Seguridad Social dentro de los
diez primeros días naturales de los plazos reglamentarios de ingreso
correspondientes a los periodos de devengo señalados anteriormente, “sin
que en ningún caso proceda la moratoria de aquellas cotizaciones cuyo plazo
reglamentario de ingreso haya finalizado con anterioridad a dicha
solicitud”.
PROHIBICIÓN DE DESAHUCIOS
Se paralizan
durante un plazo de 6 meses tras la declaración del Estado de Alarma los
desahucios en los alquileres de viviendas de hasta 900,00 € de renta.
Los contratos de alquiler con
vencimiento dentro del plazo del estado de alarma se prorrogan.
MICROCRÉDITOS INTERÉS CERO PAGO
ALQUILERES
Se crea una
línea de microcréditosavalados al 100% por el Estado al tipo interés
del 0 %sin comisiones de apertura, para hacer frente al pago de los
alquileres. Estos podrán devolverse en plazo máximo de 6 años y, si existen
dificultades económicas este plazo, se podrán prorrogar durante 4 años
más.
ALQUILERES. PEQUEÑOS VS. GRANDES
PROPIETARIOS
Los pequeños arrendadores (los que
alquilen hasta 9 inmuebles)tienen asegurado el cobro de sus rentas.
El arrendador que posea más de 10
viviendas deberá elegir entre conceder una moratoria de cuatro meses del
pago del alquiler, a devolver en 3 años; o rebajar el 50% del alquiler
al inquilino durante cuatro meses.
MORATORIA DE CRÉDITOS AL CONSUMO Y
AMPLIACIÓN DE MORATORIA HIPOTECARIA PARA AUTÓNOMOS
Se aprueba,
para personas con dificultades económicas, una moratoria de X meses en
el pago de los créditos de consumo.
También se aprueba una moratoriapara
los trabajadores autónomos en el pago de las hipotecas para la compra de locales,
oficinas y despachos.
Se aprobado que, en caso de viajes
combinados cancelados, los clientes podrán disponer de un bono
a utilizar en un año; de no emplearse, se procederá a la devolución
del dinero abonado.
SUBSIDIO ESPECIAL PARA EMPLEADAS DEL
HOGAR
Se ha creado un nuevo subsidio de
desempleo para las trabajadoras empleadas de hogar que estuvieran dadas de
alta antas del 15 de marzo y que hayan dejado de prestar sus servicios,
para evitar el riesgo del contagio a causa de la crisis sanitaria del Covid-19.
Se extiende a las empleadas de hogar que hayan sido despedidas.
La cuantía de esta prestación será del 70%
de la base de cotización de la empleada del hogar.
El derecho a la prestación será desde la fecha de baja en la Seguridad Social o desde la fecha que figure en la declaración responsable firmada por el empleador.
Para acreditar esta situación y
pedir el subsidio ante el SEPE, valdrá con uno de los documentos que se
citan a continuación:
Declaración responsable firmada por el empleador,
Carta de despido
Comunicación de desistimiento
Baja en el Sistema Especial de Empleados del Hogar del Régimen General de la Seguridad Social
Si quiere plantearnos sus dudas o consultas y recabar nuestro asesoramiento con respecto a cualquier asunto de índole laboral en su empresa, póngase en contacto
Os dejamos con la entrevista telefónica realizada esta mañana a Nicolás Emery Middleton en Radio Calvià FM por parte de Jaime Mora Bosch en la que se ha analizado junto con el socio y gerente del despacho MOYA & EMERY Asesoría y Consulting la vertiente laboral de la crisis del coronavirus y las medidas adoptadas al respecto, los ERTEs por fuerza mayor, trabajadores autónomos, fijos discontinuos, teletrabajo, etc.
Nicolás Emery Middleton y Marga De Matos Pascual por parte del despacho de abogados MOYA & EMERY Asesoría y Consulting acudieron al consultorio jurídico de Ràdio Calvià, que en esta ocasión versó sobre la incidencia desde el prisma empresarial y laboral del CORONAVIRUS en la economía del país y sobre todo la Balear y qué sucede si un trabajador es afectado por esta enfermedad. Se trataron las medidas previstas por el gobierno para incentivar que los trabajadores no acudan a su puesto de trabajo, la modificación de la normativa respecto a los Expedientes Temporales de Regulación de Empleo (ERTE) y las cotizaciones.
Moya & Emery en clave laboral sobre el coronavirus y los trabajadores fijos discontinuos
Al hilo del tema principal, el consultorio jurídico trató ampliamente los TRABAJADORES FIJOS DISCONTINUOS, qué son, cuándo debe producirse el llamamiento de este tipo de trabajadores, cuáles son los períodos garantizados de ocupación para ellos o sus normas comunes sobre fiestas laborales y vacaciones, además de otros aspectos.
Marga de Matos y Nicolás Emery fueron los profesionales a cargo del último consultorio jurídico en Ràdio Calvià