Avalado el despido de una trabajadora que, engañada, transfirió dinero de la empresa

El TSJIB confirma el despido de una dependienta que, víctima de un engaño telefónico, realizó diversas disposiciones con el dinero de la empresa

Las circunstancias del caso

Una dependienta de una tienda se encontró en una situación delicada tras de caer en una estafa telefónica, por la cual esta llegó a realizar una transferencia de una significativa suma de dinero de la empresa, procedente de la caja registradora y de la caja fuerte del establecimiento en que trabajaba, a un cajero de bitcoins siguiendo las órdenes de su interlocutor. La llamada, aparentemente proveniente del departamento de marketing de la marca, la instó a realizar pagos en bitcoins para evitar una multa a la empresa.

Despido avalado por el TSJIB

Según una reciente sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Illes Balears (TSJIB), la dependienta, después de recibir la llamada y siendo víctima del engaño, efectuó múltiples transacciones por un total de 11.950 euros en un cajero de bitcoins. Este pago fue claramente contrario a las políticas internas de la tienda, que específicamente prohibían sacar dinero de la caja o caja fuerte sin autorización previa.

Negligencia en el ámbito laboral

La sentencia detalla cómo, a pesar de haber recibido alertas previas sobre posibles estafas telefónicas por parte de la empresa (tanto ella como el resto de trabajadores), la dependienta despedida incumplió de manera flagrante las políticas establecidas por la tienda al proceder con la transacción. Su falta de diligencia y su actuación imprudente socavaron la confianza depositada en ella por la empresa, lo que finalmente condujo a su despido.

Despido disciplinario procedente

Aunque en algunos casos la negligencia no resulta automáticamente en un despido, en este caso particular, la existencia de normativas internas claras y alertas previas sobre estafas telefónicas refuerzan la culpabilidad de la trabajadora. Por lo tanto, el despido ha sido considerado procedente por la Sala de lo Social del TSJIB.

Reflexión Final

Este caso destaca la importancia de que los empleados sean plenamente conscientes de las políticas y procedimientos de seguridad establecidos por sus empleadores. La falta de diligencia ante situaciones inusuales puede tener consecuencias graves, tanto para el individuo como para la empresa. Asimismo, subraya la necesidad de una constante vigilancia y educación sobre posibles amenazas, como las estafas telefónicas, para evitar situaciones similares en el futuro.

Descarga y lee aquí la sentencia

Haz clic aquí para descarga en pdf la sentencia del TSJIB en el caso reseñado.

¿Tienes dudas sobre tus obligaciones según tu contrato de trabajo? En Moya&Emery podemos ayudarte

Si te ha interesado este tema y quieres conocer más sobre tus obligaciones en el trabajo o las de tus trabajadores en tu empresa según los contratos firmados, te invitamos a que sigas navegando por nuestro blog y no olvides que en Moya&Emery contamos con un equipo multidisciplinar de profesionales que pueden ofrecerte asesoramiento personalizado para ti o tu empresa. No lo dudes y ponte en contacto con Moya&Emery

DATOS DE CONTACTO
¡Llámanos!

Envía un correo a info@moyaemery.com o rellena nuestro formulario y nos pondremos en contacto contigo.

También puedes visitar nuestras oficinas:

  • C/ Pere Dezcallar i Net, 11 (Palma)
  • C/ Córdoba, 2  (Son Caliu)

www.moyaemery.com

Editor Contenido Digital

Editor Contenido Digital

Total posts created: 441

Leave a reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *

Política de Cookies

Nuestra página web utiliza cookies. Si continua navegando consideramos que acepta su uso.