Se modifica el Reglamento General sobre Cotización y liquidación de otros derechos de la Seguridad Social que afectan al RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos)
El 9 de julio de 2024 se publicó el Real Decreto 665/2024, que modifica el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre. Esta modificación responde a la implementación del Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, que introdujo un nuevo sistema de cotización para trabajadores autónomos, basado en sus rendimientos anuales y vigente desde el 1 de enero de 2023.
¿Qué pretenden las modificaciones?
Las reformas se centran en los artículos 44 y 46 del Real Decreto 2064/1995, buscando clarificar aspectos relativos a la base de cotización en situaciones específicas como altas y bajas fuera de plazo y la regularización anual de rendimientos. Este nuevo decreto entrará en vigor el 1 de agosto de 2024 y está compuesto por un artículo único y dos disposiciones finales.
Cambios Principales
1) Criterios de cálculo de la cuota de Seguridad Social
Se establecen nuevos criterios para calcular la cuota de la Seguridad Social, considerando no solo los rendimientos económicos derivados de actividades económicas, empresariales o profesionales del trabajador autónomo, sino también otras circunstancias como:
- Variaciones en la clasificación económica de la actividad realizada por el autónomo.
- Revisiones de la fecha de alta o baja del trabajador.
- Inclusión en una categoría de trabajador autónomo sujeta a una base específica de cotización o a la aplicación de bonificaciones en la cotización.
Estas modificaciones se reflejan en el artículo 44.3 puntos c y d.
2) Proceso de regularización anual de la cotización
El artículo 46 se modifica para detallar el proceso de regularización anual de la cotización, incluyendo el cálculo de las bases de cotización provisionales y definitivas. Se establecen condiciones específicas para la regularización en casos especiales, como:
- Trabajadores autónomos artistas.
- Aquellos dedicados a la venta ambulante.
- Trabajadores por cuenta propia en el Régimen Especial para Trabajadores Autónomos y en el Grupo I del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
Ejemplos
Por ejemplo, un trabajador autónomo que experimente una variación en su clasificación económica debido a cambios en su actividad profesional deberá ajustar su base de cotización conforme a las nuevas directrices. Igualmente, un artista autónomo que genere ingresos irregulares tendrá un proceso específico para la regularización de su cotización anual.
Conclusión
En resumen, las modificaciones introducidas por el Real Decreto 665/2024 ajustan el sistema de cotización y liquidación de derechos de la Seguridad Social para los trabajadores autónomos, proporcionando mayor precisión y adaptabilidad a las circunstancias individuales de cada trabajador. Estas reformas buscan asegurar que las cotizaciones reflejen de manera justa y exacta los rendimientos y situaciones particulares de los autónomos.
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