Nueva ley para el fomento del trabajo autónomo.

cambios reta

El pasado 25 de agosto la Comisión de Empleo del Senado aprobó la Ley por la que se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo y se adoptan medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la Economía Social (Ley 31/2015, de 9 de septiembre), publicada en el BOE con fecha 10 de septiembre.

La Ley se publicó en el BOE el 10 de septiembre de 2015, y su entrada en vigor fue el pasado 10 de octubre de 2015. Todos los incentivos se recogen en un único texto que se en incluye en el título V del Estatuto del Trabajo Autónomo.

Pasamos a resumir las novedades:

1. Revisión de la Tarifa Plana

Para los 6 primeros meses en el Régimen Especial de Autónomos la cuantía de la cuota por contingencias comunes se queda fijada en 50 euros, que podrá verse ampliada hasta 12 meses para personas que presenten discapacidad, que sean víctimas de violencia de género, o víctimas del terrorismo.

Estas bonificaciones y reducciones pueden alcanzar una duración máxima de 18 meses.
2. Tarifa plana para autónomos que contraten personal

Los autónomos que contraten trabajadores podrán seguir beneficiándose de la Tarifa Plana para autónomos en su cuota de la Seguridad Social.
3. Compatibilidad autónomo y prestación por desempleo

Se amplía la posibilidad de cobrar el paro durante 270 días (9 meses) a todos los autónomos y no solo a los menores de 30 como se permitía hasta ahora.
4. Nuevas condiciones para el cobro del paro para desempleados que emprendan.

Los desempleados que estén beneficiándose de la prestación por desempleo y decidan comenzar una actividad por cuenta propia podrán solicitar la reanudación de la misma hasta 5 años después de haber iniciado su actividad (antes eran solo 2 años).
5. Posibilidad de capitalizar el 100 por 100 de la prestación por desempleo.

Se eliminan las limitaciones a la capitalización total del paro destinada a la inversión y los gastos iniciales para emprender una actividad por cuenta propia.
6. Ampliación de las bonificaciones a autónomos familiares

Se prevé ampliar a 24 meses (antes 18) la bonificación por afiliación a la Seguridad Social de familiares colaboradores. Será del 50 por ciento los primeros 18 primeros meses y del 25 por ciento durante los seis meses adicionales.
7. Ayuda a la conciliación de la vida personal y laboral de los autónomos

La nueva Ley introduce la posibilidad de que los autónomos económicamente dependientes, aquellos que perciben al menos el 75 por ciento de sus ingresos de un único cliente o empresa, puedan contratar un trabajador en determinadas circunstancias relacionadas con la conciliación de la vida familiar y laboral.

Concretamente, esas circunstancias son:

– Riesgo durante el embarazo y durante la lactancia natural de un menor de 9 meses.
– Períodos de descanso por maternidad, paternidad, adopción o acogimiento, preadoptivo o permanente.
– Cuidado de menores de 7 años que tengan a su cargo.
– Tener a su cargo un familiar, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, en situación de dependencia.
– Tener a su cargo un familiar, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, con una discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
8. Ampliación de las bonificaciones para la incorporación de socios en entidades de economía social

Bonificación de 800 euros/año a lo largo de tres años para facilitar la incorporación de socios trabajadores o de trabajo a las cooperativas y sociedades laborales. Para menores de 30 años se aumenta la cuantía a 1.650 euros el primer año.
9. Ayuda a Centros Especiales de Empleo y Empresas de Inserción

La nueva Ley considera como entidades prestadoras de servicios de interés económico general a los Centros Especiales de Empleo y a las Empresas de Inserción lo que les dará la posibilidad de ampliar hasta 500.000 euros la cuantía de ayudas/ subvenciones que puedan recibir (en 3 años).

También introducirá como novedad este texto la opción de participación de las empresas de inserción en los procedimientos de adjudicación de contratos con reserva de participación en el sector público (reserva de mercado), algo que hasta ahora se limitaba a los Centros Especiales de Empleo.

En Moya&Emery nos dedicamos al asesoramiento integral de empresas. Si eres autónomo y quieres que te ayudemos a tramitar alguna de estas bonificaciones no dudes en pedirnos cita en el 971 72 80 10. También puedes venir a visitarnos en nuestras oficinas de C/Pere Dezcallar i Net nº11 en Palma de Mallorca o bien en C/Còrdova nº5 local 5 en el Club de Hielo en Palmanova.

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