Para poder explicar este caso pondremos un ejemplo:
Dolores, que como buena señora coqueta no nos dice su edad pero sabemos que le quedan menos de 4 años para la jubilación ordinaria, acaba de ser despedida del trabajo. Tiene 44 años de cotización a sus espaldas y ahora mismo se encuentra un poco perdida.
A Dolores le surgen muchas dudas: ¿debería apuntarme al INEM o puedo solicitar la pensión? Si solicito la pensión… ¿qué porcentaje de jubilación dejaría de percibir por jubilarme antes de los 65? ¿Podría tener 2 años de paro teniendo en cuenta la edad que tengo?
Bueno, si Dolores quisiera jubilarse estaríamos ante un caso de Jubilación anticipada por cese involuntario en el trabajo porque cumpliría con los requisitos legales para obtener este tipo de pensión:
- Le quedan menos de 4 años para la jubilación ordinaria.
- Cumple con el periodo mínimo de cotización (33 años trabajados)
Sabiendo esto, Dolores se decide a pedir la jubilación. El primer paso es estar inscrita durante un mínimo de 6 meses como demandante de empleo (por lo que debería solicitar inicialmente la prestación por desempleo y percibirla un mínimo de 6 meses). Como ha sido despedida, debe acreditar haber percibido la indemnización de despido correspondiente del finiquito y en el caso de no haberla recibido poner una demanda judicial reclamando esta indemnización o impugnación de la decisión del despido.
Después de estos pasos, a Dolores le queda una pensión reducida mediante la aplicación de una reducción por cada trimestre o fracción de trimestre que le falta para cumplir la edad legal de jubilación. En nuestro caso, al tener 44 años y 6 meses (en concreto más de 46 años) la reducción será del 1,5% por trimestre.
Pero esta no es la única opción. Dolores podría apuntarse al INEM y recibir la prestación por desempleo por su tiempo máximo (2 años). En este caso, una vez que finalizara el desempleo, también podría acceder a la jubilación anticipada por cese no voluntario desde una situación parecida al alta (el desempleo), pero con menos trimestres para alcanzar la edad ordinaria de jubilación y con menos reducciones.
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