La adaptación del puesto a una embarazada no puede implicar una merma salarial

La adaptación de funciones laborales durante el embarazo no tiene que conllevar una merma en el salario

En el contexto de la adaptación del puesto de trabajo para una empleada embarazada, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha reiterado que no puede haber una disminución salarial. En su sentencia de 27 de junio, el tribunal falló a favor de una trabajadora al reconocer que había sufrido discriminación por razón de sexo debido a la reducción de sus retribuciones tras la adaptación de su puesto de trabajo.

El fallo del tribunal: derecho a la igualdad

El tribunal señaló que la reducción del salario colocó a la trabajadora en una situación económica incluso peor que si no hubiera prestado servicios, lo que vulnera su derecho a la igualdad. Como consecuencia, el tribunal reconoció su derecho a una indemnización por los daños morales y materiales sufridos. La cuantía de la indemnización debe calcularse como la diferencia entre lo percibido y lo que habría recibido de no haberse reducido su salario, pero sin derecho a una compensación adicional.

Cálculo de retribuciones durante la baja por riesgo de embarazo y lactancia

Durante los periodos de riesgo por embarazo, maternidad y lactancia, las retribuciones por las guardias deben calcularse según el promedio de los tres meses anteriores a la baja. En este caso, se determinó que si la reducción salarial debido al embarazo era ilegal, también lo era el cálculo posterior que aplicaba esas reducciones.

Reparación ‘in natura‘ y principio de indemnidad

El tribunal recordó que la reparación de los derechos fundamentales debe realizarse «in natura», es decir, asegurando una restitución íntegra del daño. Aunque los jueces pueden justificar excepciones a esta norma, en este caso el TSJ respaldó el cálculo detallado de la indemnización realizado por la sentencia de primera instancia.

Consulta la sentencia aquí

Haz clic aquí para descargar la sentencia reseñada en este artículo.

En resumen…

En resumen, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dejó claro que la adaptación del puesto de trabajo durante el embarazo no debe implicar una reducción salarial. La trabajadora tiene derecho a percibir la totalidad de sus retribuciones, y cualquier merma en este sentido constituye una vulneración de sus derechos fundamentales, lo que justifica una indemnización proporcional.

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