Modelos tributarios primer trimestre 2015.

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Desde el día 1 de abril hasta el día 20 de abril, todos los autónomos deben presentar los modelos tributarios a Hacienda correspondientes al primer trimestre del 2015.

A continuación hacemos un pequeño resumen de los impuestos para este trimestre, para que puedas saber qué modelos presentar y a qué hace referencia cada uno.

MODELO 303 DE IVA

El modelo 303 es el de autoliquidación del IVA. El IVA es un impuesto que graba el consumo, y que sólo paga el consumidor final. Todas las transacciones que hagamos tanto de compra como de venta, incluyen un IVA que se paga o se ingresa. Trimestralmente se hace la devolución a Hacienda. Así pues, lo que se ha ingresado se devuelve y lo que sea ha gastado es devuelto. Todos los autónomos que hayan facturado (independientemente de obtener beneficio o no) deberán presentar el modelo 303 a Hacienda, para informarle del IVA que se haya generado ese trimestre.

A continuación, el resto de modelos se deberán presentar teniendo en cuenta las variables de la situación empresarial.

MODELO 130 de IRPF

El modelo 130 es el de declaración para (auto)liquidar el pago fraccionado a cuenta del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). Se presentará siempre y cuando:

  • El autónomo se encuentre en estimación directa, ya sea normal o simplificada, dependiendo de lo descrito en el momento en que se dio de alta como autónomo. Este modelo excluye profesiones específicas como la agricultura o la ganadería. Todos los demás deberán presentarlo.
  • El autónomo no haya retenido un mínimo del 70% de las facturas. Si se ha retenido el IVA en todas las facturas emitidas, no hace falta presentar este modelo, ya que el IRPF se ha ido pagando en cada una e ellas.

Es importante tener en cuenta que la retención del IRPF ha pasado del 21% al 19% en este año 2015.

MODELO 111

Este modelo es de liquidación trimestral, por el que empresas y autónomos declaran las retenciones practicadas durante el trimestre a sus trabajadores, profesionales o empresarios. Este modelo siempre se deberá presentar cuando el autónomo haya subcontratado a otro profesional. Este modelo es a nivel informativo, gracias a él se informa a la Agencia Tributaria de las retenciones que los profesionales han practicado sobre nosotros durante este trimestre.

MODELO 115

Este modelo es de liquidación trimestral y hace referencia a las declaraciones de las retenciones practicadas por alquiler. Siempre que se pague por un espacio de trabajo (ya sea una oficina o un coworking) se deberá presentar este modelo.

 

Ahora que ya hemos definido qué modelos se deben presentar, hay que rellenarlos antes del 20 de abril de 2015.

Si quieres que desde Moya&Emery nos encarguemos de revisar tu contabilidad y presentar los modelos que más se ajusten a tu situación profesional puedes pedir cita en el 971 72 80 10. También puedes venir a visitarnos directamente a nuestras oficinas en Palma de Mallorca en C/Pere Dezcallar i Net nº11, o en C/Còrdova nº5 local 5 en el Club de Hielo en Palmanova.

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Moya&Emery Asesores y Abogados

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