Este año 2017 la Agencia Tributaria se pone las pilas y decide abrir una nueva campaña con el fin de realizar un seguimiento especial en el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes a la hora de pagar impuestos.
Los seleccionados para incluirse dentro de esta campaña serán los que contengan en sus cuentas bancarias posibles incoherencias con las información de la que dispone la Agencia Tributaria. Si la Agencia Tributaria te selecciona enviándote una carta, tendrás que tener en cuenta que es posible que recibas una visita en tu empresa «destinada a la toma de datos». Es decir, vendrán a comprobar que no hay gato encerrado. La Agencia Tributaria matiza que recibir una carta de su parte no significa que se haya iniciado ningún procedimiento tributaria, por lo que no es necesario que cunda el pánico. No hará falta enviar documentación para justificar los abonos o los cargos de tus cuentas bancarias.
A continuación te transcribimos el contenido de la misiva que te puede enviar Hacienda:
«Estimado contribuyente:
El objeto de esta comunicación es informarle que ha sido seleccionado por la Agencia Tributaria en el marco de un plan especial de seguimiento en el cumplimiento de sus obligaciones de autoliquidación de IVA correspondientes al ejercicio 2017.
El motivo de este especial seguimiento es que las cuantías declaradas en sus autoliquidaciones del IVA de 2016 podrían no resultar coherentes con los datos de que dispone la Agencia Tributaria en relación con las cuentas bancarias de las que es titular o autorizado (cuando el titular de las mismas no dispone de rentas que justifiquen dichos datos).
Los importes acumulados de dichas cuentas bancarias en 2016 han sido los siguientes:
Acumulado abonos (total de entradas) Acumulado de cargos (total de salidas)
xxxx euros xxxxx euros
A lo largo de 2017 la Agencia Tributaria realizará un especial seguimiento de aquellos contribuyentes que presente estas posibles incoherencias, pudiéndose realizar una visita destinada a la toma de datos así como en su caso el inicio de actuaciones de comprobación.
Esta carta, por sí misma, no inicia ningún procedimiento tributario, por lo que no debe enviar documentación a la Agencia Tributaria para intentar justificar el importe de los abonos o cargos en las cuentas bancarias de las que ha sido informado.»
Si recibes una carta de Hacienda, no te preocupes.
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