Empleadas del hogar

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Las empleadas del hogar tendrán derecho a cobrar el paro una vez dejen de trabajar, y dispondrán de una protección legal completa como el resto de los trabajadores.

El Gobierno ha aprobado este martes un Real Decreto-Ley de mejora de las condiciones de las trabajadoras del hogar.

El objetivo de este Real Decreto es lograr equiparación de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social a las del resto de personas trabajadoras por cuenta ajena para acabar con la discriminación histórica de este colectivo, que ha contribuido a la perpetuación de estereotipos y al agravamiento de la brecha de género.

Entre las nuevas medidas se incluye la cotización por desempleo, que suponen un tipo del 6% sobre la base reguladora de la persona empleada. El empleador asume el 5% y el trabajador un 1%.

El derecho de las personas empleadas de hogar a cobrar por desempleo será posible a partir del 1 de octubre de 2022.

También estarán protegidas frente a accidentes de trabajo: Se deberán garantizar las medidas que permitan que el desempeño de su labor diaria se desarrolle de forma segura.

Además, se elimina la figura del desistimiento, que permitía el despido de las trabajadoras del hogar sin justificar causa alguna. A partir de ahora se deberán acreditar los motivos que puedan dar lugar a la finalización del contrato con las empleadas extendiendo, por tanto, la protección frente al despido.

Para que estas cotizaciones no supongan un sobresfuerzo económico para los empleadores, estos tendrán derecho a una bonificación del 80% en las aportaciones empresariales a la cotización por desempleo y al FOGASA en este Sistema Especial a partir del 1 de octubre.

Las cantidades a pagar por parte del empleador serán proporcionales al sueldo de la trabajadora del hogar. Es decir, a mayor sueldo, mayor cuantía.

 

 

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