El Tribunal Supremo confirma que la restauración y la hostelería podrán reducir la cuota de su IAE durante el cierre por la pandemia
Se podrán reducir la cuota por el tiempo que no tuvieron actividad Hoteles y restaurantes tendrán rebajas en el IAE por el cierre en pandemia
El Tribunal Supremo, en dos sentencias dictadas en casación y que vienen a confirmar las dictadas por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº de Valencia, ha corroborado que los hoteles y restaurantes que tuvieron que cerrar durante el confinamiento decretado durante la pandemia del covid-19 pueden reducir la cuota del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) municipal, de forma proporcional a la duración o cese de su actividad.
En las sentencias señaladas, el TS rechaza los recursos del Ayuntamiento de Valencia contra las sentencias de instancia y reconoce que la paralización obligada de la actividad existió y debe aplicarse el régimen de paralización de industrias que establece el decreto de 1990, el cual recoge una rebaja de la parte proporcional de la cuota en función del tiempo que la empresa o actividad hubiera dejado de funcionar.
Además, ha entendido el Supremo que no será preciso ni probar en particular la paralización o cierre de la empresa ni poner en conocimiento de la Administración tal circunstancia, puesto que ambas derivan directamente de la ley, que las impone como consecuencia de las medidas sanitarias.
Puedes acceder a las sentencias del TS referidas en pdf aquí:
¿Necesitas ayudas con tus impuestos? ¿Quieres que estudiemos tu caso concreto y te asesoremos sobre cómo reducir la cuota de tu impuesto sobre actividades económicas por el cierre durante la pandemia? Ponte en nuestras manos y déjanos ayudarte en la fiscalidad de tu actividad o tu empresa. No te lo pienses y pide ya tu cita con Moya&Emery
DATOS DE CONTACTO
¡Llámanos!
O rellena nuestro formulario y nos pondremos en contacto contigo.
Moya&Emery, nuestro trabajo es cuidar el tuyo.