Aplazamiento de IVA para autónomos y pymes: Aclaraciones finales.

Hoy volvemos al ataque con el asunto que nos lleva de cabeza desde principios de enero, el aplazamiento del IVA para autónomos y pymes.

Con el Real Decreto-ley 3/2016 de medias sobre el ámbito tributario, entre las medidas que más llamaron la atención de aplicación en este 2017, fue el aplazamiento del IVA para autónomos y pymes. Fueron muchas las negociaciones entre el ATA (Asociación de Trabajadores Autónomos) y el Gobierno para reducir el endurecimiento de estas medias fiscales para un sector tan vulnerable como son los autónomos y las pequeñas empresas. Después de arduas negociaciones se modificó este Real Decreto-ley en favor de este sector.
Sin embargo, nos encontramos el 13 de enero con un comunicado en el que se excluía a las pymes de esta mejora, quedando únicamente efectiva para los autónomos, que podrán seguir aplazando el IVA.

Este comunicado fue «la gota que colmó el vaso», y la ADEAF mostró su total disconformidad con este comunicado. Como bien alega la asociación, un comunicado no tiene ninguna validez normativa, por lo que comunicar cambios en un Real Decreto-ley de esta envergadura, es totalmente contrario a la Ley General Tributaria. Después de varias idas y venidas, actualizaciones y alegaciones, por fin podemos afirmar que ya tenemos una resolución final a este conflicto.

Los autónomos y las pymes podrán aplazar el IVA según lo indicado en el Real Decreto-ley 3/2016.

¿Qué significa esto? Después de todo, el ejecutivo se lo ha pensado dos veces y los autónomos y las pymes podrán seguir beneficiándose del aplazamiento del IVA. Para poder resolver más dudas, te dejamos el enlace de la Agencia tributaria sobre esta Instrucción sobre la gestión de aplazamientos y fraccionamientos de pago.


Nicolás Emery Middleton.
Socio Fundador Moya&Emery.
Abogado y Economista.

 

 

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