La ventaja de los autónomos que hayan hecho la ‘Mili’ frente a los que no en cuanto a su jubilación
Uno de los desafíos que enfrentan los trabajadores autónomos que cotizan en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social es que suelen hacerlo sobre una base de cotización baja, lo que afecta negativamente su pensión de jubilación futura. Cotizar poco implica inexorablemente un pensión baja. Sin embargo, la administración pública ha recordado la ventaja que puede representar haber realizado el servicio militar obligatorio, conocido como la ‘mili’.
Los beneficios de haber realizado el servicio militar obligatorio
En España, el servicio militar fue obligatorio hasta 1998. Algunos optaron por la prestación social sustitutoria y las mujeres por el servicio social femenino obligatorio. A los ojos de la administración, todos estos servicios cuentan con una pequeña recompensa al calcular la pensión de jubilación.
Esta ventaja aplica únicamente a aquellos que buscan una jubilación anticipada, permitiéndoles sumar un año más de cotización al verificar el número de años necesarios para esta modalidad de retiro, ya sea voluntario o forzoso. Es importante aclarar que este año adicional no incrementa la cuantía de la pensión, ya que no afecta el porcentaje de la base reguladora. Su propósito es exclusivamente cumplir con el periodo de cotización exigido.
Requisitos para la jubilación anticipada de los autónomos
Según la Seguridad Social, el principal requisito para que una persona, sea autónomo o asalariado, pueda jubilarse anticipadamente es demostrar al menos 15 años de cotización, dos de los cuales deben estar incluidos en los 15 años previos a la solicitud.
Para el anticipo voluntario, los autónomos deben haber cotizado al menos 35 años, lo que con el beneficio de la ‘mili’ se reduce a 34 años. Para la jubilación anticipada involuntaria, se requieren 33 años de cotización, reducidos a 32 años gracias al mismo beneficio.
Procedimiento para incluir el «Año Extra de Cotización»
Para que el periodo del servicio militar o su equivalente se cuente como tiempo cotizado, el interesado debe solicitarlo, ya que la Seguridad Social no lo incluye automáticamente. Los pasos a seguir son:
- Acudir a la subdelegación del Ministerio de Defensa de la provincia de residencia al inicio del servicio militar y presentar una solicitud.
- Adjuntar una fotocopia del DNI y de la cartilla militar.
- Presentar los documentos en el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Conclusión
La realización del servicio militar obligatorio o su equivalente puede ofrecer una significativa ventaja para los autónomos que buscan jubilarse anticipadamente, al permitirles sumar un año adicional de cotización. Este beneficio puede marcar la diferencia al cumplir con los requisitos necesarios para la jubilación anticipada, aunque no afecte el monto de la pensión.
Haber realizado la ‘mili’ puede ser un factor determinante para los autónomos que desean adelantar su jubilación. Conocer y solicitar este beneficio puede facilitar el cumplimiento de los requisitos legales necesarios, aunque no incremente directamente la cuantía de la pensión.
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