El TJUE se pronuncia de nuevo sobre el abuso de la temporalidad y los interinos

La Justicia Europea se pronuncia de nuevo sobre el abuso de la temporalidad laboral y la necesidad de convertir a los interinos en fijos

¿Qué dice la Sentencia del TJUE? Estas son las claves

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha determinado hace escasos días que la conversión de interinos en personal fijo es una medida adecuada para combatir la temporalidad abusiva en la administración pública española, si bien esta conversión debe alinearse con la ley española, que estipula que solo quienes han superado un proceso selectivo basado en igualdad, mérito, capacidad y libre concurrencia pueden acceder a un empleo público.

Contexto y requisitos específicos

La sentencia se refiere a tres interinas de la Generalitat catalana con más de 37, 33 y 19 años de experiencia, respectivamente. El TJUE insta a convertirlas en personal fijo para sancionar el abuso de la temporalidad, siempre que esto no contradiga la ley nacional. Determinados profesionales del Derecho señalan que quienes han aprobado oposiciones y no han accedido a una plaza deben transformarse en funcionarios de carrera, mientras que los interinos que no han pasado por oposiciones deben ser fijos y sujetos a las mismas causas de cese que los funcionarios de carrera.

¿A quiénes afecta la Sentencia?

La sentencia del TJUE podría afectar a más de 1,2 millones de empleados públicos en situación similar, incluyendo profesionales de oficina, enfermería, medicina, educación y otros ámbitos del sector público. Según el sindicato CSIF, hay aproximadamente 800,000 trabajadores interinos en las administraciones públicas, representando el 30% de las plantillas.

¿Qué es «abuso de la temporalidad»?

La legislación española considera abuso cuando el trabajo temporal se extiende sin contrato fijo durante más de dos años, entendiendo que en ese caso se satisfacen necesidades permanentes y estables. La plaza del temporal debe incluirse en un proceso selectivo dentro de este plazo.

Impacto en la Ley de Estabilización de 2021

El TJUE concluye que la ley de estabilización de empleo público de 2021 no es adecuada para sancionar abusos ni eliminar las consecuencias de incumplir el derecho comunitario. La compensación en caso de abuso está limitada a veinte días de salario por año trabajado, sin exceder los doce meses, lo cual no repara adecuadamente los abusos prolongados. Algunos abogan por paralizar estos procesos selectivos y estabilizar al personal afectado transformándolos en funcionarios de carrera si han superado un proceso selectivo, o sujetos a las mismas causas de cese si no.

Opiniones contrarias

El sindicato vasco ELA ha criticado la ley de 2021, argumentando que no ofrece una solución suficiente para los miles de trabajadores del sector público afectados por la temporalidad abusiva, y amenaza con movilizaciones si no se consolida a los 77,000 empleados temporales en el sector público vasco. En contraste, el ministro José Luis Escrivá defiende que la ley de 2021 ha dado «resultados extraordinarios», regularizando ya el 75% de los casos.

A la espera del pronunciamiento del Tribunal Supremo

Queda por ver si la sentencia del TJUE influirá en la postura de nuestro Tribunal Supremo sobre la temporalidad en el sector público, si el legislador tomará acción, o si todo continuará como hasta ahora, con decisiones diferentes en cada caso. La justicia española y europea seguirán intercambiando escritos sobre la interpretación de la directiva europea.

Nuestra conclusión

La sentencia del TJUE pone de relieve la necesidad de abordar el abuso de la temporalidad en el empleo público en España. La conversión de interinos a personal fijo debe hacerse respetando la ley española, y la ley de estabilización de 2021 deberá revisarse para cumplir adecuadamente con el derecho comunitario y sancionar los abusos.

¿Te interesa este tema? Lee a continuación la reseña realizada por Abogacía Española sobre esta noticia:

El TJUE aclara que España debe hacer fijos a los interinos ante el “abuso” de la Administración

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha insistido hoy en que el Estado español está obligado a hacer fijos a los interinos de la Administración Pública que encadenan varios contratos temporales, equiparándolos a los funcionarios, para castigar y prevenir abusos.

Esta nueva resolución llega tras el rechazo del Tribunal Supremo en mayo de este año a aplicar esta misma sentencia que lanzó el TJUE el pasado 22 de febrero sobre el caso de tres trabajadoras españolas.

La sentencia da respuesta a la demanda de las interinas de la Generalitat que solicitaban que su contrato temporal de larga duración se transformara en indefinido. También pidieron una compensación económica de 18.000 euros como sanción por el recurso abusivo a sucesivos contratos o relaciones laborales de duración determinada del que alegan haber sido víctimas.

En su sentencia, el TJUE señala que, a falta de medidas adecuadas en la legislación nacional para prevenir y, en su caso, sancionar los abusos, la conversión de los contratos de duración determinada en indefinidos puede constituir una medida adecuada de prevención y reparación. Una afirmación del tribunal europeo que demuestra que la ley de 2021 para reducir la temporalidad en el empleo público no está siendo efectiva.

Silvia Gambarte, abogada que consiguió en marzo que un juzgado de Madrid declarara fija a una trabajadora de la televisión pública, que encadenó hasta cinco contratos por obra o servicio, afirma que si la sentencia de febrero del TJUE ya era un aviso de cómo había que hacer las cosas, la de hoy supone un refuerzo: “Los juzgados españoles tienen que sancionar de alguna manera la temporalidad de estos empleados y la única forma es convertirlos en indefinidos. Suponía una gran inseguridad jurídica para los trabajadores que encadenaban fraudulentamente contratos”.

Fabián Valero, abogado que ha representado a varios empleados públicos de Vigo en esta situación considera que el fallo reconoce la conversión a indefinidos de estos trabajadores: “Esto no quiere decir que se conviertan en funcionarios de carrera, sino que sus causas de cese deben ser las mismas que las previstas para los funcionarios de carrera, sin perjuicio de que su estatus jurídico en otras cuestiones resulte diferente”.

El TJUE ha refrendado que la ley 20/2021 es contraria a la directiva comunitaria, tanto en su vertiente de cubrir mediante proceso selectivo los puestos de empleados públicos en fraude de ley, como por establecer indemnizaciones tasadas como compensación al cese, por lo que el abuso de temporalidad propiamente dicho queda sin sanción”, manifiesta el abogado.

Según los datos el Instituto Nacional de Estadística (INE) del cuarto trimestre de 2023, en España hay 3,5 millones de trabajadores públicos, de los que un millón son temporales, aunque esta información no diferencia sobre cuánto tiempo llevan en esta situación.

Ahora el Supremo tendrá que volver a pronunciarse para unificar doctrina sobre estas situaciones.

Parece evidente que las soluciones propuestas por el legislador, y que hasta el momento avaló nuestra jurisprudencia, no se ajustan a la directiva comunitaria. Lo que realmente necesitamos es un cambio normativo, pero mientras este no llegue el Supremo debe ajustar su jurisprudencia a la nueva situación”, añade Fabián Valero.

Fuente: Abogacía Española

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