Se modifica el modelo 303: nueva autoliquidación rectificativa y nuevos tipos reducidos de IVA y recargos de equivalencia

Se modifica el modelo 303: nueva autoliquidación rectificativa y nuevos tipos reducidos de IVA y recargos de equivalencia

La reciente Orden HAC/819/2024, de 30 de julio, ha adaptado el modelo 303 del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) a la implementación de la autoliquidación rectificativa y a los nuevos tipos reducidos del IVA y los recargos de equivalencia. Estas modificaciones derivan del Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, que prorrogó diversas medidas fiscales, energéticas y sociales para mitigar el impacto de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo. La autoliquidación rectificativa sustituye el sistema dual previo de autoliquidación complementaria y la solicitud de rectificación, optimizando el procedimiento para corregir errores.

Novedades en la Autoliquidación

La Ley 13/2023, de 24 de mayo, modificó la Ley General Tributaria (Ley 58/2003) para transponer la Directiva (UE) 2021/514. Además, el Real Decreto 117/2024 introdujo la autoliquidación rectificativa como un mecanismo único para rectificar las autoliquidaciones en distintos tributos, incluido el IVA. Esto permite que el contribuyente corrija errores, sin necesidad de esperar una resolución administrativa, lo que simplifica el proceso y lo hace más ágil.

En relación al IVA, la Disposición Final Tercera del Real Decreto 117/2024 ha añadido el artículo 74 bis al Reglamento del IVA (Real Decreto 1624/1992). Este nuevo artículo establece que, salvo en casos de conflicto con normativas de mayor rango o rectificaciones de cuotas indebidamente repercutidas, la autoliquidación rectificativa será el medio principal para realizar ajustes en autoliquidaciones anteriores.

Cambios en el modelo 303

El modelo 303 ha sido adaptado para reflejar estas modificaciones. Ahora incluye nuevas casillas diseñadas para identificar las autoliquidaciones rectificativas y sus causas. Entre las novedades destacan:

  • Casilla 108: Permite corregir situaciones en las que no exista una casilla específica, siempre que se deba a una discrepancia de criterio administrativo.
  • Casilla 111: Facilita la distinción entre solicitudes de devolución generadas por la normativa del impuesto y aquellas derivadas de ingresos indebidos, dado que el régimen aplicable a cada situación es distinto.

Nuevos tipos reducidos de IVA

El Real Decreto-ley 4/2024 también introdujo nuevos tipos reducidos del IVA y los correspondientes recargos de equivalencia, vigentes hasta el 31 de diciembre de 2024. El modelo 303 ha sido ajustado para permitir la declaración de estas nuevas tasas, mediante la inclusión de casillas específicas que facilitan su aplicación y control.

A partir de septiembre…

El nuevo modelo será de uso obligatorio a partir de las autoliquidaciones correspondientes al mes de septiembre de 2024 para los contribuyentes con periodo de liquidación mensual, y a partir del tercer trimestre de 2024 para quienes liquiden trimestralmente. Es importante resaltar que las autoliquidaciones de periodos anteriores no podrán rectificarse mediante este modelo.

Consulta o descarga la Orden HAC 819/2024

Haz clic aquí para descargar la Orden HAC/819/2024 y la normativa relacionada.

En conclusión…

Las modificaciones al modelo 303 facilitan la corrección de errores en las autoliquidaciones del IVA mediante la autoliquidación rectificativa, proporcionando mayor flexibilidad y simplificación. Además, los nuevos tipos de IVA y recargos de equivalencia permiten una adaptación a las actuales necesidades fiscales derivadas de los conflictos internacionales.

¿Necesitas asesoramiento para empresa o negocio? ¿Eres autónomo o eres trabajador por cuenta ajena? En Moya&Emery podemos ayudarte

Si te ha interesado este tema y quieres conocer más sobre impuestos y fiscalidad y en concreto sobre el IVA te invitamos a que sigas navegando por nuestro blog y no olvides que en Moya&Emery contamos con un equipo multidisciplinar de profesionales que pueden ofrecerte asesoramiento más completo sobre estos temas en función de las concretas circunstancias personales o de tu empresa o negocio. No lo dudes y ponte en contacto con Moya&Emery

DATOS DE CONTACTO
¡Llámanos!

Envía un correo a info@moyaemery.com o rellena nuestro formulario y nos pondremos en contacto contigo.

También puedes visitar nuestras oficinas:

  • C/ Pere Dezcallar i Net, 11 (Palma)
  • C/ Córdoba, 2  (Son Caliu)

www.moyaemery.com

Editor Contenido Digital

Editor Contenido Digital

Total posts created: 508

Leave a reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *

Política de Cookies

Nuestra página web utiliza cookies. Si continua navegando consideramos que acepta su uso.