Los ERTE tras el RD 463/2020 de 14 de marzo

Los expedientes de regulación temporal del empleo ERTE de las empresas, incluidos dentro del artículo 10 del RD 463/2020 de 14 de marzo, podrán ser tramitados por el procedimiento marcado por Fuerza Mayor. Esto implica que sólo será preciso para su solicitud la siguiente documentación y trámites:

  • Rellenar impreso oficial fuerza mayor
  • Memoria explicativa de la empresa y la situación
  • Comunicación a los trabajadores justificando el ERTE y
  • Adjuntar el Real Decreto

En caso de necesitar asesoramiento jurídico o cualquier información adicional para la tramitación del ERTE en su empresa, recuerde que por causa del RD 463/2020 de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, nuestras oficinas permanecerán cerradas al público y no atenderemos de forma presencial. No obstante, les atendemos a través de nuestras líneas telefónicas 971728010 y 971132359 y a través de nuestros mails:

emery@moyaemery.com  laboral@moyaemery.com  fiscal@moyaemery.com

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