AJD: el único impuesto del que querrás oír hablar.

Abrimos un nuevo capítulo para las reclamaciones hipotecarias. Después de la Cláusula Suelo llega el “AJD”, el único impuesto del que querrás saber más.

El AJD (Impuesto de Actos Jurídicos Documentados) es un impuesto que se debe pagar a la Agencia Tributaria al constituir una hipoteca. Al constituir una hipoteca, lo normal era que el deudor hipotecario se encargara de cubrir los gastos del AJD, pero con la reciente sentencia del 16 de octubre del Tribunal Supremos, las cosas cambian.

La Sala de los Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo dicta una sentencia por la que declara que deberá ser la entidad financiera la que se encargue de pagar este impuesto.

La cosa tiene su miga, ya que el Tribunal, que es experto en materia tributaria, anula el artículo 68.2 del reglamento del impuesto AJD por considerarlo contrario a la Ley que lo desarrollaba, ya que, el sujeto pasivo de este impuesto que nace del otorgamiento de la escritura de la hipoteca, debe ser a favor de quien se otorga, siendo esta la entidad financiera, ya que es ella a quien le interesa que el préstamo hipotecario se otorgue en escritura pública y se inscriba en el registro de la propiedad, porque si es así, tendrá carácter ejecutivo en el caso de impago por el deudor hipotecario.

Este criterio causa controversia ya que se opone al criterio que ya se encontraba consolidado por la Sala de lo Contencioso-administrativo del TS y por lo tanto, pone en entredicho la última sentencia de la Sala de lo Civil del propio TS de febrero de 2018 que establecía en su fallo justo lo contrario.

Ahora que tenemos un poco más claro que es el AJD, viene lo más importante:

¿Quiénes pueden reclamar?

Podrás reclamar si has suscrito una hipoteca en los últimos 4 años. La Asociación de Usuarios Financieros calcula que hay alrededor de 8 millones de prestamos hipotecarios afectados por este fallo del TS, así que es muy posible que puedas reclamar. Si firmaste tu hipoteca antes de 4 años, puedes revisar que exista una cláusula abusiva por gastos impuestos al consumidor que no tendrías que asumir, como otros gastos que ya se vienen reclamando a los juzgados como los gastos de notaría, registro, tasación, etc.

Vale pero… ¿Qué es lo que puedo reclamar?

Podrás reclamar el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados que seguramente pagaste al constituir una hipoteca. Ahora, tendrá que pagarlo el banco. Este impuesto es gran parte de los gastos relacionados con la firma del préstamo hipotecario.

Y ¿Cuánto dinero se puede reclamar?

Cada comunidad autónoma gestiona el impuesto de forma distinta. El AJD representa un porcentaje sobre la escritura notarial en la que se formaliza la hipoteca. Este porcentaje varía en función de la comunidad autónoma en la que se haya firmado la hipoteca. En Baleares, el tipo general en documentos notariales se encuentra en el 1’2%. Así pues, nos encontramos ante una media de 4000€ que puedes llegar a reclamar.

¿Cuáles son los pasos a seguir?

Se recomienda interponer una reclamación por escrito a la propia entidad financiera y posteriormente al Banco de España, es decir, acudir a la vía extrajudicial. Sin embargo los bancos están derivando estas reclamaciones a la vía Administrativa.

La vía administrativa consiste en acudir a las oficinas de hacienda de las distintas comunidades autónomas. Podrás acudir conforme lo indicado en el artículo 120.3 de la Ley General Tributaria pero sólo podrás recuperar el impuesto de actos jurídicos documentados.

La otra alternativa es acudir a la vía judicial, interponiendo una demanda en la que podrás reclamar no sólo el impuesto AJD si no también todos los gastos derivados de la hipoteca como los de notaria, de gestoría, de tasación, etc.

Si quieres ponerte en marcha y recuperar lo que te pertecene, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Estudiaremos tu caso y elaboraremos un plan para conseguir el éxito en tu reclamación. Puedes pedir cita previa en el 971 72 80 10 o venir a visitarnos a nuestras oficinas en Mallorca, estaremos encantados de atenderte.

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Moya&Emery Asesores y Abogados

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