Hasta 8200€ de ayudas para autónomos del Govern Balear

El pasado 5 de agosto se publicó la convocatoria de ayudas para nuevos autónomos de Baleares, que se gestiona desde la Consellería de Treball, Comerç i Industria del Govern Balear. Esta ayuda interesa sobre todo a aquellos trabajadores que se han dado de alta como autónomos desde el 1 de septiembre de 2016 o bien que tengan previsto darse de alta antes del 30 de septiembre de 2017. Te contamos los requisitos para poder optar a las ayudas.
El pasado sábado 5 de agosto se publicó la convocatoria de ayudas para nuevos autónomos de Baleares  y que se gestiona desde la Conselleria de Treball, Comerç i Indústria del Govern Balear. A continuación te explicamos la información más importante que necesitas saber sobre esta subvención.

CANTIDADES

Las cantidades que se pueden recibir van a depender del colectivo al que se pertenezca. Se puede incrementar hasta 500€ en los casos de desempleo de larga duración, es decir, cuando hayan transcurrido al menos 12 meses desde la demanda de empleo. En los casos de víctimas de violencia de género se puede incrementar un 10%. Por lo tanto, las ayudas serían:

  • 4000€ para personas desempleadas en general.
  • 5000€ para personas desempleadas de 30 años o menos que estén inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. También para personas de más de 45 años y también para mujeres.
  • 7000€ para personas con discapacidad desempleadas.

Para aquellas personas que realicen una actividad estacional y no continua, el periodo de activdad ha de ser como mínimo de 6 meses al año para que se pueda optar a la subvención. Además la ayuda se reducirá de forma proporcional.

REQUISITOS

Para poder optar a esta subvención se tiene que estar inscrito como demandante de empleo en el SOIB con carácter previo al inicio de la actividad.

EXCLUÍDOS

Quedará excluidos de estas ayudas los socios de sociedades mercantiles de capital, de cooperativas y de sociedades laborales.
También quedarán excluidos los autónomos colabores, ya que se considera a estas personas como que colaboran en una actividad de naturaleza autónoma sin ser ellos los titulares, aunque sea de una manera personal, habitual y directa.
En esta categoría encontramos también a los trabajadores que hayan ejercido la misma o similar actividad como autónomos o por cuenta propia, es decir que se encuentre en el mismo o similar epígrafe del impuesto de actividades empresariales o de la declaración censal para la que se solicita la ayuda, durante el año anterior a la fecha de inicio de la actividad para la que se solicita la subvención.
Tampoco podrán optar a dicha ayuda los que hayan percibido la ayuda para el establecimiento como trabajadores autónomos con anterioridad.

PLAZOS

El primer día del plazo es el día 9 de agosto del 2017 y en el criterio de concesión se tendrá en cuenta la entrada. El orden de prelación de la resolución se fija por orden de entrada de día y hora de los expedientes completos, que son tienen rellenado todos los campos de la solicitud, las declaraciones responsables y contienen una memoria del proyecto empresarial acompañado de la documentación preceptiva.

Si quieres que te asesoremos sobre como pedir esta subvención puedes pedirnos cita previa en el 971 72 80 10. También puedes venir a vernos a nuestras oficinas en Mallorca.
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Moya&Emery Asesores y Abogados

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