¿Qué cambia el 1 de enero de 2021?
Al abandonar la UE, el Reino Unido ha decidido poner fin a la libre circulación de personas entre la UE y el Reino Unido a partir del 1 de enero de 2021.
Todos los movimientos posteriores al 1 de enero de 2021 estarán sujetos a la legislación de inmigración vigente de la UE y el Reino Unido aplicable a todos los nacionales de terceros países.
Quienes se encontraban o se encontraban ya en una situación transfronteriza entre la UE y el Reino Unido antes del 1º de enero de 2021 están amparados por el Acuerdo de Retirada, que permite la continuidad de su derecho a permanecer, garantiza la no discriminación y protege sus derechos de seguridad social.
COORDINACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y VISADOS PARA VISITAS DE CORTA DURACIÓN
¿Qué cambia el 1 de enero de 2021?
Al abandonar la UE, el Reino Unido ha decidido poner fin a la libre circulación de personas entre la UE y el Reino Unido a partir del 1 de enero de 2021.
Todos los movimientos posteriores al 1 de enero de 2021 estarán sujetos a la legislación de inmigración vigente de la UE y el Reino Unido aplicable a todos los nacionales de terceros países.
Quienes se encontraban o se encontraban ya en una situación transfronteriza entre la UE y el Reino Unido antes del 1º de enero de 2021 están amparados por el Acuerdo de Retirada, que permite la continuidad de su derecho a permanecer, garantiza la no discriminación y protege sus derechos de seguridad social.
¿Qué abarca el proyecto de Acuerdo de Comercio y Cooperación?
El Reino Unido se negó a incluir un capítulo sobre la movilidad en el Acuerdo, o cualquier disposición destinada a facilitar las visitas de corta duración o las estancias de larga duración. La única excepción se refiere al desplazamiento temporal de personas físicas con fines comerciales, o al modo 4, tal como se define en el capítulo sobre el comercio de servicios de este documento). Por consiguiente, el Acuerdo no abarca el derecho a entrar (con o sin visado), trabajar, residir o permanecer de los ciudadanos de la UE en el Reino Unido o de los nacionales del Reino Unido en la UE.
No obstante, el Acuerdo contiene varias medidas de coordinación de la seguridad social destinadas a proteger los derechos de los ciudadanos de la UE que permanecen, se trasladan o trabajan temporalmente en el Reino Unido y de los nacionales británicos que permanecen, se trasladan o trabajan temporalmente en la UE después del 1º de enero de 2021.
¿Significa esto que se necesitarán visados para todos los viajes entre la UE y el Reino Unido?
No. La Unión Europea ya ha adoptado la decisión de permitir a los nacionales del Reino Unido visitas de corta duración sin visado de hasta 90 días dentro de un período de 180 días, a partir del 1º de enero de 2021. El Reino Unido también ha decidido permitir visitas de corta duración sin visado a los ciudadanos de la UE.
La decisión de la Unión Europea está condicionada a que el Reino Unido siga disponiendo la igualdad de viajes sin visado para las visitas de corta duración de los ciudadanos de la Unión Europea de todos los Estados miembros de la Unión Europea, sin discriminación entre los nacionales de la Unión Europea.
En caso de que el Reino Unido introduzca el requisito de visado para los nacionales de al menos un Estado miembro, se aplicará sin demora el mecanismo de reciprocidad de la UE (artículo 7 del Reglamento (UE) 2018/1806), lo que significa que se adoptará una serie de medidas cada vez más amplias, que podrían dar lugar a la suspensión de la exención de visado del Reino Unido, en caso de que éste, tras celebrar consultas, no elimine el requisito de visado.
¿Puede el Reino Unido discriminar entre los ciudadanos de la Unión Europea en el contexto de los viajes de corta duración o de la seguridad social?
Si bien la Unión Europea y el Reino Unido tienen libertad para determinar sus respectivas políticas en materia de visados, el Reino Unido debe tratar por igual a todos los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea; no puede decidir conceder una exención de visado para los viajes de corta duración a los ciudadanos de determinados Estados miembros, excluyendo a los demás.
Este principio de no discriminación entre los ciudadanos de la UE también es aplicable en otros ámbitos del acuerdo que son directamente pertinentes para los ciudadanos, como en relación con las estancias temporales por motivos de negocios, la coordinación de la seguridad social o la participación en programas de la Unión.
¿Qué ocurre con las estancias de larga duración?
Los nacionales del Reino Unido que tengan la intención de permanecer en un Estado miembro de la UE por períodos superiores a 90 días para cualquier propósito (por ejemplo, trabajo, investigación, estudio, formación) podrán hacerlo en las condiciones de entrada y estancia de los nacionales de terceros países establecidas en la legislación de la UE y las leyes nacionales de los Estados miembros.
Los ciudadanos de la UE que tengan intención de trasladarse al Reino Unido deberán cumplir las condiciones de inmigración aplicables establecidas por el Gobierno del Reino Unido.
¿A quiénes se aplican las disposiciones sobre la coordinación de la seguridad social?
El Acuerdo abarca a los ciudadanos de la UE, los nacionales del Reino Unido y de terceros países, los apátridas y los refugiados, en situación transfronteriza a partir del 1º de enero de 2021, que residan legalmente en la UE o en el Reino Unido y cuya situación no se limite a un solo país desde el punto de vista de la seguridad social. También cubre a sus familiares y supervivientes.
¿Qué es exactamente lo que se cubrirá bajo la coordinación de los sistemas de seguridad social?
El Acuerdo garantiza la coordinación de las prestaciones de seguridad social. También garantiza que sólo se aplique un conjunto de normas a una persona en un momento dado. De este modo se evitará el riesgo de que esa persona pague el doble de las cotizaciones a la seguridad social o de que no se le aplique ninguna legislación en un momento dado y, por lo tanto, se quede sin protección de la seguridad social.
El proyecto de acuerdo ofrece una amplia protección a los ciudadanos de la UE y del Reino Unido. La mayoría de las prestaciones de seguridad social se coordinarán y protegerán entre la UE y el Reino Unido, de modo que los ciudadanos conserven sus derechos si, por ejemplo:
- están o estarán en una situación transfronteriza y trabajan o trabajarán en más de un país, siendo uno de ellos el Reino Unido a partir del 1 de enero de 2021;
- residen en una Parte y trabajan en otra;
- trasladan su residencia a la otra Parte; o
- viajan entre la UE y el Reino Unido para una estancia temporal.
Más específicamente, dicha persona no perderá su derecho a las pensiones de vejez y de supervivencia, a los subsidios por fallecimiento, a las prestaciones previas a la jubilación o a las prestaciones de maternidad/paternidad relacionadas con el nacimiento de un hijo en la otra Parte.
Los accidentes de trabajo también se coordinarán para que una persona que trabaje fuera del Estado del seguro pueda ser tratada en el Estado de trabajo en el que ocurrió el accidente. Si se trasladan a la otra Parte, también podrán seguir recibiendo allí sus prestaciones en efectivo.
¿Qué es lo que no estará cubierto?
El Acuerdo prevé la igualdad de trato de los ciudadanos de la UE con los nacionales del Reino Unido y viceversa a efectos de las contribuciones y prestaciones de la seguridad social.
Sin embargo, hay algunas excepciones. Por ejemplo, ciertas prestaciones no están incluidas en el Acuerdo y eso significa que el acceso a esas prestaciones se dejará en manos de la legislación nacional, que podrá entonces optar por tratar de manera diferente a las personas interesadas.
Entre esas prestaciones figuran las prestaciones familiares, los cuidados a largo plazo, las prestaciones especiales no contributivas o los servicios de concepción asistida.
¿Qué sucede con los períodos trabajados tanto en la Unión Europea como en el Reino Unido en lo que respecta a las prestaciones de las personas?
Una persona no perderá los períodos trabajados en la UE y en el Reino Unido, que se tendrán en cuenta cuando se determinen y calculen sus prestaciones (por ejemplo, las prestaciones de desempleo, las pensiones de vejez y de supervivencia).
Los períodos trabajados en el Reino Unido y en la UE también se tendrán en cuenta al determinar el derecho de una persona a las prestaciones de invalidez.
¿Qué disposiciones existen para la asistencia sanitaria?
La atención de la salud está incluida en el ámbito del Acuerdo y, en principio, seguirán aplicándose las disposiciones actuales.
Por ejemplo, un ciudadano de la UE que se encuentre temporalmente en el Reino Unido (un turista, un estudiante o un hombre de negocios) seguirá beneficiándose de la asistencia sanitaria necesaria (como la de emergencia) basada en la Tarjeta Europea de Seguro de Enfermedad.
Sin embargo, para estancias más largas, la legislación nacional de inmigración puede establecer requisitos adicionales. En particular, el Reino Unido impone a los nacionales de terceros países, por el momento, un recargo por atención médica como condición para la expedición de un visado de entrada para estancias superiores a 6 meses. Este recargo deberá ser pagado también por los ciudadanos de la UE, pero se reembolsará a los estudiantes y personas que permanezcan asegurados en su Estado miembro (titulares del Documento Portátil S1 como se explica más adelante).
Los pensionistas seguirán beneficiándose de la asistencia sanitaria en su Estado de residencia en nombre del Estado que paga su pensión si se trasladan al Reino Unido o a la UE. Lo mismo ocurre con los trabajadores fronterizos, que trabajan en un Partido y residen en otro. Si bien es posible que se apliquen requisitos adicionales en virtud de la legislación nacional de inmigración, el Acuerdo garantiza que el país de seguro reembolse al país de residencia, de modo que en última instancia se aplican las mismas disposiciones que ahora.
¿Qué ocurre con los trabajadores desplazados?
El desplazamiento de trabajadores forma parte de la libre circulación de servicios dentro de la Unión Europea, sujeta a condiciones. El Acuerdo no incluye normas para el desplazamiento de trabajadores del Reino Unido en la UE, ni viceversa. Esto significa que, por ejemplo, un trabajador enviado por el Reino Unido a la UE para trabajar tendrá que pagar las contribuciones a la seguridad social en el Estado miembro de la UE y estará sujeto a la legislación de ese país.
No obstante, se acordó que en esta esfera, y como disposición transitoria, los Estados miembros pueden solicitar, previa notificación a la Comisión, que se mantenga el sistema de desplazamiento tal como existe actualmente por un período de hasta 15 años. Los Estados Miembros pueden poner fin al sistema de contabilización antes.
Durante este período de tiempo, los trabajadores desplazados pagarán entonces sus contribuciones a la seguridad social en la Parte que los envió (es decir, el Reino Unido en el ejemplo proporcionado).