El marketing a empresas a través de redes sociales está sujeto al Impuesto sobre el Valor Añadido al tipo impositivo general del 21%; constituyendo una generación de rendimientos de actividad económica profesional, por la que habrá obligación de retener al tipo del 15%

El marketing a empresas a través de redes sociales está sujeto al Impuesto sobre el Valor Añadido al tipo impositivo general del 21%; constituyendo una generación de rendimientos de actividad económica profesional, por la que habrá obligación de retener al tipo del 15%, según la Dirección General de Tributos en respuesta a consulta vinculante

Nicolás Emery, repasando la actualidad laboral y dando pautas a empresarios y trabajadores sobre ERTEs, despidos y más, en el consultorio jurídico de Radio Calvià FM

De nuevo Nicolás Emery, gerente de Moya & Emery asesores, en el consultorio jurídico de Radio Calvià FM para dar un repaso a la actualidad laboral con un resumen de la situación actual y dar ciertas pautas acerca de cómo deben afrontar la nueva situación los empresarios, qué deben hacer con los contratos que finalizan o cómo actuar ante un trabajador que sistemáticamente da positivo en los test de detección del covid-19 y todo al hilo del anuncio por parte de la Ministra de Trabajo en su reciente visita a Baleares sobre la intención del Gobierno de extender los ERTEs más allá del 30 de Septiembre.

Bonificaciones para empresas del sector turístico en las cuotas a la Seguridad Social por contingencias comunes, por recaudación conjunta de Desempleo, Fogasa y Formación Profesional de sus trabajadores fijos discontinuos

El Real Ley 25/2020 establece que las empresas del sector turístico podrán acceder a una bonificación del 50% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, así como por los conceptos de recaudación conjunta de Desempleo, FOGASA y Formación Profesional de los trabajadores fijos discontinuos

Nicolás Emery en Radio Calvià sobre coronavirus, contagios en la plantilla, ERTEs y financiación de las empresas

El pasado viernes el abogado y economista colegiado Nicolás Emery de Moya & Emery dio respuesta en el consultorio jurídico de #RadioCalviaFM, por un lado, a cómo debe actuar el empresario en el caso que un trabajador dé positivo por COVID-19 (caso cofirmado) y otros supuestos como que el trabajador haya tenido contacto estrecho con alguien contagiado o en los casos en que haya simple sospecha de contacto.

Un juzgado declara, a favor de los intereses del cliente de Moya & Emery, que fumar porros en las instalaciones de la empresa, incluso fuera del horario laboral, es motivo válido para fundamentar la procedencia de un despido disciplinario al trabajador por transgresión de la buena fe contractual.

Sentencia declara como procedente el despido de un trabajador a consencuencia del consumo de drogas en las instalaciones de la empresa (fumar porros) reconocido por él mismo, incluso fuera del horario laboral, en lo que considera una transgresión grave de la buena fe contractual.