Ley de Segunda Oportunidad en 8 sencillas preguntas y sus respuestas

La Ley de Segunda Oportunidad ofrece una nueva oportunidad a todas aquellas personas físicas, ya sean asalariados, funcionarios o incluso AUTÓNOMOS, que tengan una deuda presente o inminente a la que no pueden hacer frente. Es una solución que te ofrece la oportunidad de cancelar totalmente tus deudas. Es un mecanismo concursal específico para personas físicas. Lee más en Moya&Emery

Aprobado en Consejo de Ministros el proyecto reforma de la Ley Concursal

El Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de Ley de Reforma de la Ley Concursal, para acometer la reestructuración de empresas y con objetivo de la transposición de la Directiva europea de reestructuración e insolvencia. La norma introduce otras reformas en el ámbito concursal para disponer de instrumentos ágiles y eficaces que mejoren los procedimientos de insolvencia y faciliten el mantenimiento de empresas viables, en definitiva, que refuercen el tejido productivo.

¿Dejar tu trabajo pero cobrar el paro? Es posible…

Que un trabajador deje su puesto de trabajo de forma voluntaria pero tenga derecho a cobrar el llamado paro, o, lo que es lo mismo, la prestación por desempleo, solo es posible en contadas excepciones. Se trata de situaciones en las que el trabajador resulta perjudicado en sus condiciones laborales o económicas por una decisión de la empresa o cuando la decisión empresarial implica que el trabajador por una traslado deba cambiar de lugar de residencia.

¿Jubilarse de forma anticipada a partir de los 61 años?

Jubilación anticipada derivada del cese no voluntario en el trabajo: Para acogerse a esta modalidad de Jubilación anticipada derivada del cese no voluntario en el trabajo, como su nombre indica, se debe haber sufrido un cese involuntario en el trabajo, como lo es el despido del trabajador. Ello permitiría al trabajador (actualmente) adelantar la jubilación ordinaria hasta en 4 años, esto es, hasta los 61 años, siempre que se acredite la cotización necesaria mínima, fijada en 37 años y tres meses cotizados.