Guía de informativa para perceptores del ingreso mínimo vital en relación con la Renta 2020

Con motivo del inicio hace escasos días de la campaña de la Renta 2020, la Seguridad Social, en colaboración con la Agencia Tributaria, ha iniciado una campaña para informar a los contribuyentes beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV), dado que se trata del primer ejercicio de IRPF desde la aprobación esta prestación en junio de 2020 ( mediante el RD-Ley 20/2020), en que se especificó la obligación, tanto para los beneficiarios del IMV como para los integrantes de su unidad de convivencia, de presentar esta declaración fiscal, con independencia del nivel de ingresos de sus beneficiarios.

Nicolás Emery sobre la campaña de la RENTA 2020 en Radio Calvià FM

Nicolás Emery ha asistido a Radio Calvià FM hoy martes para tratar durante el consultorio jurídico, como tema principal, el Inicio de la campaña de la RENTA 2020, que dará comienzo este próximo 5 de abril. Durante el espacio radiofónico el abogado y economista de Moya & Emery ha repasado las novedades que nos trae el impuesto sobre la renta de este año, haciendo referencia de las particularidad con respecto a los obligados que hayan tenido dos o más pagadores (lo habitual en las personas asalariadas que hayan estado trabajando y además hayan estado en ERTE), los que hayan recibido ayudas por cese de actividad, aquellos que hayan acometido reinversión por venta de vivienda habitual (las cantidades entregadas durante la construcción de la vivienda se asimilan a reinversión) o quieran solicitar un aplazamiento.

La temida declaración de la Renta 2020 de los trabajadores afectados por los ERTEs, por Marga de Matos

Miles de personas son las que se han visto y todavía se ven afectadas por los Expedientes de Regulación de Empleo que se han visto obligads a solicitar sus empresas para evitar una destrucción mucho mayor de empleo de la que se ya se ha producido. Y el estar afectado a un ERTE tiene consecuencias y, entre ellas, sobre la declaración de la renta, una declaración de la renta a la que muchos temen por el resultado que les puede salir al haberse tenido 2 pagadores (empresa y SEPE). Por ello, se han de tener en cuenta varios aspectos:

Consulta vinculante ante la DGT sobre la posibilidad de afectar íntegramente, como elemento patrimonial sujeto a la actividad económica a desarollar en él, el local que se va a adquirir por parte de quien plantea la consulta junto con su pareja de hecho.

Consulta vinculante ante la Dirección General de Tributos. La consultante va a adquirir junto con su pareja de hecho un local donde va a comenzar a ejercer una actividad económica. Si, a pesar de que el local va a ser adquirido al 50 por ciento por la consultante y su pareja, puede considerarse el mismo como elemento patrimonial afecto a la actividad económica en su totalidad.