Consulta vinculante ante la DGT sobre la posibilidad de afectar íntegramente, como elemento patrimonial sujeto a la actividad económica a desarollar en él, el local que se va a adquirir por parte de quien plantea la consulta junto con su pareja de hecho.
Consulta vinculante ante la Dirección General de Tributos. La consultante va a adquirir junto con su pareja de hecho un local donde va a comenzar a ejercer una actividad económica. Si, a pesar de que el local va a ser adquirido al 50 por ciento por la consultante y su pareja, puede considerarse el mismo como elemento patrimonial afecto a la actividad económica en su totalidad.