Desde MOYA & EMERY Asesoría y Consulting queremos recordarte que:
• Por un lado, mañana día 10 de Abril es el último día para solicitar aplazamiento del pago de las CUOTAS a la Seguridad Social del mes de Marzo de 2020.
• Por otro lado, mañana entrará en vigor, tras su publicación hoy en el BOE (Resolución de 6 de abril de 2020, de la Tesorería General de la Seguridad Social), una modificación de las cuantías de las DEUDAS sobre las que se puede solicitar aplazamiento a la Seguridad Social. Según lo aprobado, para las deudas aplazables de cuantía inferior a 150.000 € no será preciso constituir garantía y, para deudas aplazables inferiores a 250.000 € deberá ingresarse 1/3 de la deuda antes desde 10 días desde la concesión del aplazamiento y el resto en los dos años siguientes.
Además, te remitimos a nuestro previo post sobre AUTÓNOMOS Y PYMES en el que puedes ver estas y otras medidas a las que adherirte o de las que hacer uso en tu actividad como empresa o autónomo, teniendo en cuenta la actualización sobre las cuantías de deudas aplazables que acabamos de reseñarte anteriormente.
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