Las normas de los Trabajadores Desplazados

Nuestra actividad es más global que nunca, gracias a muchos factores como internet o las facilidades fiscales de la Unión Europea. De cada vez es más frecuente que los trabajadores de una empresa se desplacen a otro país de la Unión Europea para realizar actividades empresariales con otros socios en el país donde se viaja. Para estos trabajadores desplazados, se deberán respetar las normas de «desplazamiento temporal». Estas normas también serán de aplicación para los trabajadores que se desplazan a una empresa de la que es propietario el empresario en otro país de la UE. En ambos casos deberá existir una relación laboral entre la empresa y el trabajador desplazado.

Las normas sobre desplazamiento temporal también son de aplicación cuando se recurre a una agencia de colocación o a una agencia de trabajo temporal para contratar a un trabajador de otro país de la Unión Europea. En estos casos la relación laboral deberá existir entre el trabajador y la agencia de colocación/trabajo temporal a la que se recurra.

Expuesto el marco a quien afecta el desplazamiento temporal, pasaremos a comentar las condiciones laborales en el país de destino.

Durante el desplazamiento el empresario tiene que garantizar a sus trabajadores las mismas condiciones laborales vigentes que tiene actualmente en el país de destino. Tendrá que respetar la ley o el convenio colectivo sobre:

  • Periodos mínimos de descansos.
  • Tiempo máximo de trabajo.
  • Duración mínima de las vacaciones anuales pagadas.
  • Salario mínimo. (Aquí se incluirá los complementos propios del desplazamiento. Las dietas se consideran parte del salario mínimo, a menos que el empresario los pague como reembolso de los gastos, como por ejemplo el viaje y la estancia.).
  • Medidas de protección para las mujeres embarazadas y las mujeres con bebés.
  • Igualdad de trato entre hombres y mujeres.

Como es lógico, si las condiciones laborales son más favorables para el trabajador en el país de origen, el empresario puede mantenerlas durante el periodo de desplazamiento.

En los casos en los que se trate de una instalación o montaje inicial de determinados productos por parte de los trabajadores especializados para esta actividad en la empresa, las normas sobre salario mínimo y vacaciones anuales no son obligatorias siempre que el desplazamiento dure en total menos de 8 días.

Otro punto a tener en cuenta es que, después de consultar a los representantes patronales y sindicales, los países miembro de la UE puede optar por no aplicar las normas del país de destino sobre salario mínimo y vacaciones anuales siempre y cuando el desplazamiento dure en su totalidad, menos de un mes. Sin embargo esta excepción no se puede aplicar a los trabajadores desplazados a través de agencias de colocación.

Otro dato importante es el que corresponde a la Seguridad Social. Durante el desplazamiento temporal a otro país de la UE, los trabajadores pueden mantener la cobertura del sistema de Seguridad Social de su país habitual de empleo. El único punto a tener en cuenta es que ls normas sobre Seguridad Social durante el desplazamiento varían según se trate de un trabajador por cuenta ajena o de un trabajador autónomo.

Si vas a trasladarte por trabajo próximamente, es recomendable que sepas que cada país de la UE tiene, al menos, un punto de contacto que facilita información detallada sobre el desplazamiento temporal de trabajadores en el extranjero. Estos puntos de contacto colaboran e intercambian información entre ellos, supervisan las condiciones laborales durante el desplazamiento y estudian las quejas por supuestas infracciones, por lo que podrán resolverte todas tus dudas al respecto. Si necesitas más información deberás consultar la web nacional del país de acogida.

En Moya&Emery somos expertos en materia laboral. Si necesitas asesoramiento sobre este tema no dudes en ponerte en contacto con nosotros en el 971 72 80 10. También puedes venir a visitarnos a nuestras oficinas en Mallorca.

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Moya&Emery Asesores y Abogados

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