Impuesto de Sociedades: posibles modificaciones

El Ministerio de Hacienda ha publicado un proyecto de orden en el que se encuentran, entre otras medidas, el adelanto del plazo de presentación de los modelos fiscales 184 y 347 para el mes de Enero en sustitución al actual plazo donde estos modelos se presentan en el mes de Febrero de cada año. Esta medida, si se llegara a aplicar, supondría un pérdida de información para Hacienda y esta sería de menor calidad.

Por este motivo, el Consejo General de Economistas ha tomado medidas y ha manifestado su oposición a que se adelante estos plazos para los modelos 184 y 347. En un comunicado de prensa expresan los motivos de su oposición.

En primer lugar, la inminente pretensión de entrada en vigor para las próxicmas declaraciones a presentar, que se corresponden todavía a las de 2017, genera gran disconformidad. Esto se debe a que los modelos 184 y 347, no se pueden tener en cuenta como unos informes mecánicos en los que se introduce información y listo.

El modelo 184 está destinado a entidades en régimen de atribución como las comunidades de bienes o las herencias yacentes. En este modelo se comunica a la Agencia Tributaria la parte de los rendimientos netos de estos entes que sen tendrán que imputar a cada persona física o jurídica que los forman, y hay que distinguir la fuente de renta de la que proceden.

Por otro lado, el modelo 347 es un modelo que deben presentar los profesionales y empresarios para informar a Hacienda de las operaciones que han realizado durante el año en curso con clientes y proveedores siempre que la suma total supere los 3.005€. En este modelo se tienen que detallar los importes por trimestres e informar los pagos en efectivo que hayan sido superiores a 600€ recibidos de las personas relacionadas.

Estas medidas afectan tanto a los obligados tributarios como a sus asesores por culpa de la reducción de plazos. Por lo tanto, la petición que hace el Consejo General de Economistas es una resupesta para defender la disminución de las cargas administrativas y las trabas que deben cumplir los contribuyentes en sus obligaciones tributarias.

Las razones con las que defienden su oposición a este proyecto de orden son varias.

En primer lugar, se basan en la realidad fiscal que se produce en el mes de enero. En este mes se acumulan las autoliquidaciones y las declaraciones informativas que se tienen que presentar, entre las que se encuentran la inromación del último mes o del último trimestre del año anterior, además de los resúmenes anuales de retenciones de las diferentes fuentes de renta o el resumen anual del IVA.

En segundo lugar, se tiene en cuenta que la información que recibirá la Administración si se aprueba este proyecto de orden será de menor calidad ya que al disminuir los plazos, el tiempo que se ofrece para elaborar esta información es insuficiente.

En relación con esta última argumentación, se erigen otras razones relacionadas con los plazos y la calidad de la información, ya que será muy dificil conseguir en plazo toda la información necesaria para completar estos modelos, sobre todo si tenemos en cuenta que en el model 347 se tiene que relacionar un número muy elevado de personas porque el mínimo anula es de 3.005€, cifra que sigue vigente desde que entro en vigor esta obligación hace más de 30 años.

Por lo tanto, estaremos a la espera de nuevas noticias para saber qué nos espera. Tanto como obligados tributarios o como asesores, este nuevo proyecto de orden nos afectará a todos.

Si quieres leer el comunicado completo del Consejo General de Economistas te dejamos el enlace a continuación:

Comunicado de Prensa del Consejo General de Economistas.

 

Moya&Emery Asesores y Abogados

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