El Juzgado de lo Mercantil nº11 de Madrid ha creado un nuevo panorama para las cláusulas suelo. La Juez ha declarado nulas las cláusulas suelo de los créditos hipotecarios de 40 bancos y cajas. La sentencia falla a favor de la condena a las entidades financieras a eliminar todas las cláusulas suelo y a devolver a los consumidores las cantidades abonadas desde el 9 de mayo de 2013 por considerarlas abusivas y haber cobrado indebidamente estas cantidades.
Esta falta de transparencia en los contratos de préstamo hipotecario, provocaron las numerosas demandas por parte de la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas de Ahorros y Seguros de España (ADICAE) a estas entidades para eliminar las cláusulas suelo de los contratos en los que aparecen y a parar la utilización de «forma no transparente» de estas cláusulas.
La sentencia del Juzgado de lo Mercantil nº11 que promueve la magistrada, condena a las entidades bancarias no sólo a cesar las cláusulas suelo, si no también a devolver a los consumidores perjudicados, las cantidades que abonaron de forma indebida en la aplicación de las cláusulas suelo, ahora nulas desde la fecha de 9 de mayo de 2013, con los intereses que legalmente correspondan. También se declara la subsistencia de los contratos de préstamos hipotecarios en vigor, suscrito por las entidades bancarias demandadas, en los que se hayan incluido las cláusulas cuya utilización se ordena cesar (se elimina la cláusula suelo y persiste el préstamo sin ésta).
La juez declara las cláusulas suelo anuladas por la carencia de transparencia y por ser abusivas, ya que al incluirse en los contratos hipotecarios, se ofertaba un interés variable sin que se especificara correctamente la duración de la cláusula en la vida económica del contrato, lo que impedía a los consumidores beneficiarse de las bajadas del tipo de referencia por culpa de estas cláusulas.
A pesar de toda esta incertidumbre sobre el uso poco transparente de las cláusulas suelo, la juez ha desestimado la pretensión de ADICAE de modificar las naturaleza de los contratos de préstamo o crédito hipotecario, para que respeten el equilibrio de obligaciones y derechos del contrato.
Esta resolución del juzgado de lo mercantil nº11 de Madrid podrá recurrirse en apelación. Así pues, podemos concluir este artículo con una reflexión. Esta sentencia marca un antes y un después en el complicado tema de las cláusulas suelo. La jurisprudencia que crea esta nueva aplicación de la ley, ejercerá un clave beneficio a los consumidores afectados por los abusos de los bancos con las cláusulas suelo.
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